¿Puedo reclamar al banco una parte del préstamo hipotecario?
Realizada por Susana. 6 jun 2014
En el año 2005 compré una vivienda y me concedieron una hipoteca por en 100% del valor del piso. Ahora he visto las escrituras y me he dado cuenta que sólo se escrituró por el 30% del préstamo concedido, yo no entiendo de estas cosas y confié plenamente en el banco y el promotor para que todo se hiciera conforme a la ley. Ahora le he preguntado al banco dónde está el resto del dinero que falta y me comentan que ellos tienen obligación de guardar los justificantes durante 5 años, sólo he conseguido averiguar que gran parte del dinero salió por ventanilla desde la cuenta del préstamo. En la documentación que me facilitaron tengo dos cheques con los que se pagó la parte escriturada pero no así el justificante de esa salida de dinero, cosa bastante rara. Mi pregunta es saber si puedo reclamar al banco ese dinero que falta o al superar los 5 años o si ya no puedo hacer nada. Es que me parece indignante que una entidad bancaria haya permitido trabajar con dinero negro.
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Buenas tardes Susana. Claro que puedes reclamar, el plazo de prescripción empezaría a contar desde que te das cuenta del error, no desde la fecha de la escritura.
De todas formas, me parece un tema un tanto complejo y me gustaría echarle un vistazo a las escrituras y que me contaras más detenidamente lo que ha pasado.
Contacta con nosotros para revisar la documentación. Un cordial saludo.
Cristina Íñigo Vela.
Buenos días Susana.
Lo que cuenta es verdaderamente algo insólito, pero para emitir una opinión debería ver la documentación de la operación.
En cualquier caso el plazo de 5 años de prescripción, entiendo que no podría aplicarse y por tanto, y con todas las precauciones, diría que está dentro de plazo para poder reclamar, en caso de que hay motivos.
Si lo desea puede contactar conmigo para ampliar la información y de esa manera poder aconsejarle mejor, e incluso poderle llevar el caso. Saludos.
El plazo de 5 años que comenta no impide de modo alguno reclamar dichas cantidades, tiene usted el plazo general de 15 años para reclamar, en base a la relación contractual de la que que es parte.
Estaremos encantados de aclararle cualquier otra duda que tenga.
Un saludo.
Estimada Susana,
según lo que cuenta las cosas, por parte del banco, parece que no se hicieron a regla. Habría que examinar la documentación. Si nos contacta la podemos asesorar mejor. Un saludo.
Hay que mirar primero los documentos que puedan existir, sea en poder suyo o de la entidad financiera. Cierto que el deber de guardar documentación mercantil se fijó en 6 años (no 5 aunque para el caso poco relevante). El hecho de escriturar por el 30% me deja un poco descolocado, porque se supone que ud debe devolver todo lo que le prestaron, si solo le prestaron el 30%, ¿cómo reclamar la parte restante si no consta como prestada? Examine la documentación porque debe constar el dinero prestado en su integridad puesto que si le han dejado 1000 (por usar una cifra) se deben devolver 1000 más los intereses. Si le dejan mil pero solo hacen constar 300, ¿cómo se justifican los 700? Cosa distinta será que se haya vendido por 1000, se haya escriturado un préstamo por 1000 y la escritura de compraventa diga que el inmueble costó 300, en cuyo caso aquí hay incluso fraudes fiscales, que fueron muy habituales en el sector inmobiliario.
Estimada Susana,
Si le entregaron menos dinero del capital del préstamo que consta en la escritura SI puede reclamar lo que falta. Para dar na solución más concreta y exacta sobre la forma de proceder y el éxito de la reclamación se hace necesario consultar con usted varios aspectos. Tengo experiencia de 14 años en asuntos bancarios.
Saludos.