Hola, mis padres llevan divorciados 10 años. Cuando se separaron mi hermano y yo nos fuimos a vivir con nuestra madre. El hecho es que los primeros meses sí abonó la pensión alimenticia, pero luego ya no quiso vernos y dejó de ingresar dicha cuantía. Por ello, nuestra madre ha estado 9 años manteniéndonos sola.
Quisiera saber si puedo emprender acciones legales como hija ahora que ya soy mayor de edad o no.
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En cuanto a reclamar las pensiones de alimentos no abonadas por tú padre durante los 9 años que comentas es tú madre quien las tiene que reclamar pidiendo en el juzgado la ejecución de la sentencia de divorcio.
En cuanto a lo que puedes hacer tú al ser mayor de edad, tendría que ver las medidas que se acordaron en el divorcio porque el alcanzar la mayoría de edad no quiere decir que la pensión de alimentos acordada en el divorcio se haya extinguido, depende de lo que se acordará en dicho divorcio, de ser así sería tú madre la que tendría que reclamarlo.
Si en el divorcio se acordó una edad tope para pagarte a ti la pensión de alimentos y ya la has superado, tú podrías interponer una demanda reclamando alimentos a tú padre aunque seas mayor de edad, pero siempre y cuando no trabajes y no tengas ingresos o si los tienes sean de poca cuantía.
Puede pedir cita en mi despacho y le atenderé encantada y le haré un presupuesto del coste que te podría suponer, mis datos constan en abogados365 Blanca Lezaun.
Habría que leer la Sentencia, pero en principio debe ser su madre, La mayoría de Juzgados establece que se pueden reclamar los 5 últimos años con actualizaciones de IPC. Algunos 15 últimos años.
Su madre podría reclamar la pensión de alimentos correspondiente a los últimos cinco años, con las actualizaciones del IPC.
Y, si actualmente Vd. ya no reside con su madre y carece de capacidad económica para poder cubrir sus necesidades básicas, podría reclamar el pago de una pensión de alimentos a ambos progenitores.
Buenas Tardes Cata, le informamos que debe ser su madre la que debe instar demanda de ejecución de sentencia por impago de alimentos y reclamar los 5 ultimos años, y en dicha demanda solicitar que se decrete el embargo de bienes y rentas de su padre, o bien acudir a la via penal por el art. 227 y presentar querella por impago de alimentos o denuncia. si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia y Penal, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle
uenos días,
Tu madre puede reclamar judicialmente los últimos 5 años y pedir embargo de sus bienes y cuentas bancarias y pensiones, solo podría hacerlo tu madre que es a la que la sentencia designa como acreedora, para recibir la pensión. Quedo a tu disposición para más información. Un saludo, IRM ABOGADAS
Buenos días Cata,
Tu madre puede interponer demanda de ejecución para que se le embarguen los últimos cinco años de impagos, toda vez que la acción para reclamar caduca a los cinco años. Quedo a tu disposición para más información. Un saludo, Cristina Caffaro, abogada de Palma de Mallorca
Se podría reclamar la pensión de alimentos con una retroactividad de 5 años. Sería necesario conocer tu situación actual, si trabajas, estudias o ambas cosas.
Podemos encargarnos de la tramitación y de brindarle un asesoramiento personalizado.
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Un saludo,
Departamento Procesal
Dolorier & Asociados Abogados
Madrid