Tengo una hija de 10 años no estoy casada ni tampoco he convivido con el padre de mi hija, a los dos años de edad el padre reconoce a su hija pero nunca le ha pasado la manutención ni nada. Se tira meses sin llamar a su hija y sólo llama para llevársela en cavidades, verano o algún cumpleaños nada más mi hija tiene 10 años vivimos en una casa de alquiler y tengo un hijo de 2 años y estoy embarazada mi pareja se hace cargo de todos los gastos en estos momentos porque estoy en paro. Estoy empadronada yo sola con mis hijos. ¿Qué puedo hacer para que el padre me pague los 10 años atrasados que le debe a mi hija de manutención? Me da igual que sea en cárcel o poco a poco gracias.
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De lo 10 años sólo puede reclamar los últimos 5 años, pero debe primero establecer una demanda de pensión alimenticia, régimen de guarda y cuidado y comunicación. Requiere dirección letrada y procurador, sino puede pagar los honorarios de estos profesionales solicite uno de oficio en el Colegio de Abogados. Un saludo cordial.
Marisol, la pensión de alimentos se adeuda sólo desde el momento en que se reclama judicialmente, antes no, (artículo 148 del Código Civl,) por consiguiente si no has interpuesto ninguna reclamación no puedes reclamarle nada. Mi consejo sería que inicies cuanto antes los trámites para ello contactando con un abogado.
Por lo que apuntas creo que ha habido reconocimiento de la filiación a los dos años de nacer tu hija, pero has demandado pensión de alimentos, aunque veo que tiene un régimen de visitas que supongo acordado entre vosotros.
En base a ello, te apunto:
Si en el mismo reconocimiento de filiación se impuso un convenio regulador con las medidas a adoptar, puedes pedir la reclamación de lo que te deba.
Si no se impuso medida alguna de pensión de alimentos y régimen de visitas sentenciado por el Juez, debes demandar presentando un convenio regulador que recoja todo eso.
Y asimismo, en el segundo supuesto puedes pedir la aplicación retroactiva por el aporte económico que hubiere correspondido al padre según sus ingresos en ese tiempo.
Tendrías que presentar una demanda en primer lugar en reclamación de una pensión de alimentos para tu hija (si es menor de edad) y si ya tienes un convenio y sentencia sería ejecutarla por incumplimiento.