¿Que hago para tener la manutención?

Realizada por emilce vilte. 4 feb 2016 Pensión alimenticia

Hola soy Ivana, tengo un hijo de 2 años y 7meses. Su papá nunca le pasó nada. Nunca me ayudó y cuando viene a verlo no le trae nada. Es una persona violenta. Ya me levantó la mano pero a él no le puedo sacar nada porque no tiene un trabajo pero su mama trabaja como directora de una escuela pública. ¿Cómo hago? Ayuda

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Buenos días Ivana,
Aunque desearíamos poder conocer más datos para poder ofrecerle un mayor y mejor asesoramiento, en primer término usted y su ex pareja deberían contar con un Convenio Regulador firmado en el que se indicase expresamente la cantidad a abonar por alimentos para su hijo menor. De no contar con el mismo, debería formular ante los Juzgados una demanda de alimentos, y será mediante averiguaciones posteriores, por las que el Juzgado pueda obligar a su ex pareja a abonar la cantidad que el Juez determine.
En VALORA ASOCIADOS Y ASESORES S.L. somos expertos en Derecho de Familia, y estaremos encantados de atender su solicitud de la manera debida.

Un cordial saludo

Valora Asociados y Asesores Abogado en Burgos

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Buenos días, para darle una respuesta más acorde con su situación, necesitamos conocer más datos. Según lo que indica, entendemos que no cuentan con ninguna sentencia o Convenio Regulador firmado donde se indique la pensión por alimentos a abonar? Si es así, es necesario instarlo ante el Juzgado para que pueda ser reclamada dicha pensión por alimentos.
Estamos a su disposición para cualquier aclaración que necesite.
Un saludo y buena tarde.

Hinode - Maria Garcia Ibañez Abogado en Burlada/Burlata

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Buenas Tardes Emilce, le informamos que debe usted instar demanda de ejecución por impago o bien instar demanda de modificación de medidas. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Hola yvana.
En primer lugar entiendo de q hay papeles legales tales como el divorcio o la ruptura de pareja de hecho q deben establecer un regimen de visitas y una pension de alimentos. De ser asi.usted puede.ejecutar dicha sentencia.
En caso de no haber hecho nada debera solicitarlo y aunque no trabaje tiene la obligacion legal de pasar una pension de alimentos.
Debe saber q la pension de alimentos es irrenunciable y su impago puede ser atacado.por la via civil o la penal o ambas.

Si desea contactar conmigo no lo dude he intentado explicarlo con terminos senzillos.

Advocada Meritxell Valls Oliver Abogado en Barcelona

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Buenas tardes. En primer lugar es necesario saber si ustedes han regulado su situación tras la separación, es decir, ¿tienen una sentencia o convenio que indique cual es el régimen de visitas, o que cantidad de pensión le tiene que pasar su ex pareja por los gastos del menor? En caso de no tenerla hay que iniciar un procedimiento que puede ser amistoso (ustedes pactan las clausulas del convenio) o contencioso (a través de una demanda el juez determinada todas las estipulaciones). Si ya la tienen hay que ejecutar dicha Sentencia. Por favor, no dude en ponerse en contacto con nosotras. Un saludo

CRG Abogados Abogado en Bilbao

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Buenos días, ¿¿ustedes se separaron, divorciaron o algo?? si es así deberá tener una sentencia que indique lo que le debe pagar. Si no es así se le puede pedir que pague algo al mes. Si lo desea se puede poner en contacto con nosotros y le solucionamos el asunto. Un cordial saludo.

Fernández Huguet Abogado Abogado en Zaragoza

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