¿Qué obligaciones puedo exigirle al padre de mi hijo?

Realizada por Lina. 5 feb 2015

Sé que como padre tiene algunas obligaciones pero no sé cuáles.

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Buenos Dias
Le recomiendo que acuda a un abogado para que le asesore de los tramites a seguir para regular la relación del menor con el padre, a través del procedimiento que fije la custodia, alimentos y régimen de visitas. Tienes mi depacho a tu disposición si precisas asesoramiento. saludos

Maria Prota Abogados Abogado en San Lorenzo de El Escorial

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Buenos días. El pago de autónomos ha de llevarse a cabo, con independencia de la facturación. Si quiere, puede contactar con Bufete de Ávila&Sacaluga.

Bufete de Ávila & Sacaluga Abogado en Cádiz

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Buenos días Lina,

El art. 110 del Código Civil establece: "El padre y la madre, aunque no ostenten la patria potestad, están obligados a velar por los hijos menores y a prestarles alimentos."

Es decir, que los padres tienen el deber de mantener económicamente a los hijos en la medida de sus posibilidades. En el título VI del Código Civil (art. 142 y ss), encontrará que se entiende por alimentos y quienes deben prestarse este auxilio.

Estas normas son genéricas, pero en la práctica manda la particularidad de cada caso y la experiencia, le recomiendo que se asesore con un profesional para defender sus intereses y los del menor.

En nuestro despacho somos abogados expertos en familia, consulte nuestros precios, y aproveche el descuento del 30% que realizamos a todos los clientes de abogados365.com.

Reciba un cordial Saludo.

Luis Linaza Torres.
Letrado de lCA de Guadalajara.
(Presta servicios en Madrid y Guadalajara)

Linaza Abogado en Guadalajara

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El padre de su hijo debe tener la custodia, régimen de visitas y alimentos tan amplio o estricto como, voluntariamente quieran pactar, o como establezca con las pruebas pertinentes un Juzgado. La manera debe ser mediante demanda judicial con la intervencion de abogado y procurador donde se establecerán las medidas que mas favorezcan al menor.
A su servicio.

Luiuris Abogados Abogado en Valencia

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Hola Lina, lo primero que debes hacer es regular legalmente la situación, para ello hay que presentar una demanda de medidas paternofiliares, en esa demanda se recogerá el convenio regulador donde entre otros extremos se establecerá un régimen de visitas, la pensión de alimentos, custodia, etc.
Para este tipo de procesos es necesaria la actuación de abogado y procurador, quedamos a tu disposición por si desea ampliar la información.
Un saludo
Eva Sánchez
Sanchez Arevalillo Abogados

Sanchez Arevalillo Abogados Abogado en Fuenlabrada

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Buenos días,
Con la información que da intuyo que no existe relación sentimental con el padre de su hijo.
En ese caso deberías acudir a un abogado para que le asesore e interponga la correspondiente demanda para la adopción de medidas para la regulación de las relaciones paternofiliales. En ellas se adoptaran medidas relacionadas, a pesión de alimentos del padre hacia el menor, régimen de visitas, guarda y costudia, entre otras.
Tiene nuestro despacho a su disposición si desea aseoramiento.

Atte.

Nerea Ortega González. Abogada.

Nerea Ortega Abogado en Huelva

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