¿Qué pasa si deniegan abogado oficio?
Cobro salario iprem, reclaman por demanda civil 1200e y por importe Me deniegan abogado oficio. Por salario no puedo pagar abogado. ¿Qué pasa si no tengo defensa ya que me deniegan abogado de oficio?
Cobro salario iprem, reclaman por demanda civil 1200e y por importe Me deniegan abogado oficio. Por salario no puedo pagar abogado. ¿Qué pasa si no tengo defensa ya que me deniegan abogado de oficio?
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Lo primero comprobaría la resolución desestimatoria de asistencia gratuita pues no parece desprenderse qu sus ingresos mensuales sean muy elevados
Diríjase a este Despacho si precisa de nuestra ayuda.
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Buenas tardes: Lo que la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita le ha denegado, es el beneficio de justicia gratuita por superar los límites legales establecidos.
Por tanto, mientras no designe un abogado particular, seguirá prestándole asistencia el abogado de oficio designado, a fin de no causarle indefensión.
Un saludo
Despacho de Abogados
Guzmán & Cubero
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Estimado Musteller:
Según los datos que aporta, si le correspondería abogado del turno de Asistencia Jurídica Gratuita pues:
Pueden solicitarlo aquellos ciudadanos que, estando inmersos en cualquier tipo de procedimiento judicial o pretendiendo iniciarlo, carezcan de patrimonio suficiente para litigar.
Se reconocerá el derecho de asistencia jurídica gratuita a aquellas personas físicas que careciendo de patrimonio suficiente cuenten con unos recursos e ingresos económicos brutos, computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar, que no superen los siguientes umbrales.
Dos veces el indicador público de renta de efectos múltiples vigente en el momento de efectuar la solicitud cuando se trate de personas no integradas en ninguna unidad familiar. (En 2016 12.780,26 €)
Dos veces y media el indicador público de renta de efectos múltiples vigente en el momento de efectuar la solicitud cuando se trate de personas integradas en algunas de las modalidades de unidad familiar con menos de cuatro miembros. (En 2016 15.975,33 €)
El triple de dicho indicador cuando se trate de unidades familiares integradas por cuatro o más miembros. (En 2016 19.170,39 €)
EL IPREM SEGÚN LA L.P.G.E. DEL AÑO 2016 ASCIENDE A: 17, 75 € DIARIOS; 532,51 € MENSUALES; 6.390,13 € ANUALES. (DISPOSICIÓN ADICIONAL OCTOGÉSIMA CUARTA DE LA LEY 48/2015, DE 29 DE OCTUBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2016, BOE DEL 30 DE OCTUBRE).
Si desea que estudiemos su caso personalmente no dude en contactarnos por el área corporativa (privada) de esta web.
Saludos cordiales.
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Pues si le deniegan el abogado de oficio, tiene que pagar un abogado particular...
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