¿Qué tengo que hacer para traer a mi marido?

Realizada por nahla pato. 30 sep 2014

Hola, yo tengo este mismo problema, quiero traer a mi marido de Marruecos a España, nos hemos casado hace un par de meses en Marruecos pero yo vivo en Madrid. Quisiera saber qué tengo q hacer, gracias, saludos.

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Entiendo que usted también es marroquí. Puede reagrupar a su marido si tiene usted una Autorización de Residencia y trabajo renovada. En ese caso debe presentar una Solicitud de Autorización de Residencia por motivo de reagrupación familiar en la Oficina de Extranjeros que le corresponda por domicilio. Deberá aportar original y copia de su Pasaporte y Tarjeta de Residencia, copia completa del Pasaporte de su marido, Certificado de matrimonio legalizado y traducido, medios de vida ( contrato de trabajo y seis últimas nóminas). Tenga en cuenta que para reagrupar a una persona, si no tiene otros familiares a cargo debe justificar medios económicos de aproximadamente 800 € brutos mensuales. También deberá acreditar que dispone de vivienda suficiente para reagrupar a su cónyuge, mediante informe que debe solicitar previamente a su ayuntamiento. Por último deberá aportar una declaración jurada de que no convive en España con otro cónyuge, el modelo se lo facilitarán en la propia oficina de extranjeros. Y pagar unas tasas de aproximadamente 10 €.
Una vez resuelta favorablemente la solicitud, su marido deberá solicitar en el plazo máximo de dos meses desde la Resolución, el visado de residencia, aportando la documentación que le indiquen en el consulado español que le corresponda por domicilio. Básicamente Pasaporte, Certificado de Antecedentes Penales, Certificado médico, Certificado de matrimonio, y la resolución de concesión de la reagrupación familiar. Los Consulados españoles en Marruecos son bastante exigentes y puede que le exíjan a su marido aportar más pruebas del matrimonio como fotografías y también es probable que le realicen una entrevista para valorar las circunstancias de su matrimonio. Una vez obtenido el visado, su cónyuge ya podrá viajar a España y tramitar su Tarjeta de Residencia por Reagrupación Familiar, que le permitirá igualmente trabajar. Un saludo.

María Pilar Bernabeu Solano Abogado en Zaragoza

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