¿Quién está obligado a pagar los gastos de comunidad?
Realizada por Ana Isabel. 29 may 2013
En el contrato de alquiler dice que los tengo que pagar yo, pero no dice la cantidad, ahora me reclama 15 euros por mes y para colmo también hacer la limpieza de escalera y portal, ¿es esto lógico?
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Buenos días:
Ud. no está obligada a abonar la cantidad que le reclama en concepto de gastos de Comunidad, ya que la Ley de Arrendamientos Urbanos condiciona el pacto de repercusión de gastos generales a que se determine el importe anual de los mismos a la fecha del contrato por escrito en el contrato, cosa que en su caso no ha ocurrido.
Tampoco le puede obligar a hacer la limpieza de la escalera y del portal. Esa es una obligación de hacer, no dineraria, que no le puede exigir el propietario de la vivienda que, en todo caso, le corresponderá a él, si es que esa es la fórmula acordada por la Comunidad en Junta General.
Saludos cordiales.
Si en el contrato de alquiler se especificó que usted abonaría los gastos de la comunidad, usted está obligada al pago de la cuota frente a su arrendador, no frente a la Comunidad de propietarios. El hecho de que no se fijara la cuantía es indiferente, porque también abona los suministros de agua y luz y tampoco están determinados en el contrato.
No obstante, si piensa que el arrendador le está cobrando más póngase en contacto con el Administrador de la Comunidad y pregúntele cuánto ha de pagar.
En cuanto a la limpieza de la escalera, entiendo que usted no ha formado parte de esa decisión en la Comunidad, sino su propietario, por lo que si éste no se lo especificó en el contrato no tendría la obligación de hacerlo. No obstante, si llama al Administrador de la Comunidad comuníquele este problema a ver que solución pueden encontrar al respecto.
Esperamos haberle servido de ayuda, estando a su entera disposición.