¿Quién paga la hipoteca en caso de separación sin estar casados?
Realizada por Claudia Torreira. 13 mar 2015
Hola. Estoy con mi pareja desde hace 7 años, y tenemos una hija de 6 en común. No estamos casados y tenemos una hipoteca en común. Quiero separarme y no tengo trabajo en estos momentos y quisiera saber que derechos tiene él, que me dice que no está dispuesto a pagar la mitad de la hipoteca si nos separamos ¿Qué puedo hacer? Gracias
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Interpreto que tienen (su pareja y usted) una vivienda en común que, a falta de atribución de cuotas, será al 50%. Esa vivienda está hipotecada en común por lo que igualmente, a falta de atribución de cuotas, interpreto que será también al 50%. Dice usted que desea romper su convivencia en común con su pareja, pero tienen una hija de 6 años.
Pues bien, con estos datos, puedo decirle que sus obligaciones (de ustedes dos) para con el banco son independientes de su relación de pareja, lo que implica que frente al banco son los dos responsables de forma solidaria.
No obstante, al haber una hija en común, deben acudir al Juzgado de Familia para fijar a quien o a quienes corresponde la custodia (puede serlo en forma compartida) y, dependiendo de cómo se establezca la custodia, así será la atribución del uso de la vivienda (tenga usted en cuenta que una cosa es la propiedad y otra la atribución del uso).
Lo normal en estos casos es que la hipoteca la sufraguen ustedes dos en proporción del 50%, lo cual no excluye otro tipo de soluciones, sobre las cuales no estoy en condiciones -con los datos anteriores- de profundizar más.
Si lo desea puedo responderle a estas y otras cuestiones, con mayor sosiego y detenimiento, concertando una cita en mi despacho, donde la atenderé gustoso.
Están obligados los dos a pagar la hipoteca solidariamente, que quiere decir que le pueden exigir el pago total a cualquiera de los dos. La obligación es con el Banco que les hiciera el préstamo hipotecario. Esto es así, independientemente de la relación habida entre los prestatarios.
Por otra parte, cabe que en la sentencia de relaciones paterno-filiales, se dictamine que, en beneficio de la menor, pague el padre el 100% de las cuotas hipotecarias, ya que usted no tiene ingresos y no se puede dejar a la menor sin domicilio. Esos pagos le pueden ser descontados a usted a la hora de vender la vivienda.
La obligación es el pago del porcentaje al que este obligado, en ese caso sería el 50%, aunque el banco podría ir contra cualquiera de las partes deudoras sin perjuicio de que esa parte posteriormente exigiera a la que no pago la cantidad adeudada más los intereses.
Es preciso determinar si hay algún tipo de pacto en la compraventa del inmueble o no. Si se trata de un condominio, ambos están obligados a contribuir al pago de la hipoteca, naciendo, en caso de incumplimiento por parte de uno de los dos, un derecho de crédito a favor del otro por el importe de las cantidades impagadas que se puede reclamar judicialmente.
En nuestro bufete estaremos encantados de estudiar las particularidades de su caso y asesorarle con más profundidad.
Un saludo
Buenos Días, si ustedes están pagando la hipoteca los 2 tienen la obligación independientemente de que se separen. Otra cosa es plantear modificación de medidas paternofiliales. Si desea que valoremos su caso, en Grech Abogados, estaremos encantados de atenderle.
En una separación (es indiferente si están casados o no) hay muchas variables:
-Quien tendrá la custodia
-Quien queda en peor situación (en este caso usted por no tener ingresos)
-Quien tiene el derecho de uso de la vivienda.
A primera vista, parece que usted debería tener el uso de la vivienda, y no sé si querrán pedir custodia compartida o no. En cuanto a la hipoteca, si el inmueble sigue siendo de los dos, él debe pagar su cuota y así puede solicitarse que se declare en la sentencia.
El prestamo hipotecario lo paga quienes firmaron como prestatarios. El tendrá que pagarla. Si no paga su parte, mucho me temo que en un primer momento deberás ir pagando tu sola las cuotas sin perjuicio de poder luego reclamarle judicialmente el pago de su mitad