Hola mi pregunta es si mi ex marido hace la modificación de medidas y yo digo que estoy de acuerdo cuando salga, tengo que tener abogado y procurador, en el caso de que sea no, el llevara los suyos, los paga el o tengo que pagarlos yo también.
Le ha quitado la pension a mi hijo de 23 años porque ha trabajado 3 meses y el dice que su obligación ha cesado, el chico tiene búsqueda activa de trabajo pero como están las cosas, le piden experiencia que no puede coger porque no le dan opción, trabajo hace un año un par de meses con media jornada para poderse sacar el carnet de conducir mientras también estudiaba y ahora pues parece que su deber ha cesado pero el mío no.
No tengo ganas de meterme en juicios asi que he pensado que ponga la modificación y decirle que si pero claro si tengo que contratar abogado y procurador.
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Estimada raquel:
Ya le respondimos por privado a esta cuestión. Para interponer una demanda de modificación de medidas es necesario abogado y procurador. Si están de acuerdo en todo, es decir, en liberar al padre de su hijo de la obligación de contribuir a su manutención hasta que sea económicamente independiente, que no es el caso actual, entonces bastará con un sólo abogado, que pagarán a medias.
Si no está de acuerdo tendrá que contratar a sus propios profesionales. Considere que el precio de un asunto como este será el equivalente a tan sólo 3 o 4 mensualidades de la pensión de alimentos de la que el padre de su hijo quiere deshacerse.
Quedamos a su entera disposición. Saludos cordiales, de nuevo.
Para instar cualquier cambio en cuanto a las obligaciones y derechos derivado de las relaciones paterno filiales, efectivamente, hay que interponer una demanda de modificación de medidas en el juzgado, siempre por medio de abogado y procurador.
Si usted está de acuerdo en que le quiten la pensión de su hijo con 23 años y sin ingresos propios, es decir, siendo económicamente dependiente, no necesitará más abogado que el del demandante. Pero no se lo aconsejo porque la obligación del pago de la pensión alimenticia subsiste hasta que el menor sea íntegramente económicamente independiente como parece ser que no es el caso.
Le sugerimos que contrate a un abogado de familia especialista en relaciones paterno filiales de su confianza.
Buenas tardes si lo quieren realizar de mutuo acuerdo pueden compartir representación procesal, en todo caso siempre debe acudir representada con abogado y procurador.
Un saludo