¿Quién se debe hacer responsable de los daños el seguro o el ayuntamiento?

Realizada por Neus. 27 ene 2015

Barcelona, España

Resulta que tengo una pequeña fuga de agua que entra en el interior de mi casa de la cual yo no soy responsable. El seguro dice que no se hace responsable de los daños que pueda ocasionar porque ve un defecto de inclinación en la entrada de la calle que es de reciente construcción ya que se ha urbanizado hace poco. El mismo ayuntamiento lleva tres semanas mirando de donde puede ser esa fuga pero de momento no sabe nada. Pero claro, yo sigo con el agua en mi casa aunque la estoy desviando por medio de un carril de nuevo a la calle.

El suelo de cemento se ha abombado un poco y con una abertura ya que se tuvo que abrir para ver de donde procedía esa fuga.


Quien debe hacerse responsable y cuanto tiempo he de esperar ya que el ayuntamiento igual se tira meses para saber de dónde viene.


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Apreciada Neus,
En primer lugar, hay que hacer una instancia por escrito ante el ayuntamiento indicando que se están produciendo unos los daños en su vivienda causados por la mala urbanización de la calle y que solicita una actuación inmediata de la administración. La administración debería proceder de forma urgente y arreglar los defectos de las obras ejecutadas puesto que es ella quien las realizó y por tanto, responsable.
También puede presentar directamente una reclamación por daños y perjuicios, esta reclamación patrimonial requiere que el daño sea cuantificado, por lo que deberá presentar informe pericial de técnico arquitecto o ingeniero mediante el cual se valoren los daños ocasionados por la administración.
Ambos procedimientos en caso de que no reciba contestación por parte de la administración pueden ser objeto de ulterior recurso contencioso administrativo, por lo que solución ante el problema que plantea hay, aunque debe ser estudiada la mejor estrategia para que el resultado que se obtenga definitivamente sea el mas favorable posible para sus derechos e intereses.

Quedamos a su disposición para cualquier duda o consulta.
Saludos,

Urbegara Advocats I Tècnics Urbanistes Abogado en Terrassa

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Lo primero que debe determinar es el origen de los daños, a que se debe esa fuga. Para eso debe contratar los servicios de un profesional, arquitecto. Una vez tenga ese informe proceda a reclamar al responsable. Si fuera el ayuntamiento tendría un año para reclamar, si es una rotura de la cañería y estuviese cubierta por el seguro tiene dos años para reclamar; en cambio si es un defecto de construcción en edificios nuevos podría reclamar al promotor, al constructor o al arquitecto en un plazo de 3 años por vicios funcionales, en este caso los 3 años cuentan desde la fecha de recepción de la obra, no desde que se produjo la avería como en los casos anteriores.
Lo primero y quizás más relevante será que un perito emita un informe determinando el origen de la avería.

Isabel Campello Ares Abogado en Vilalba

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Precisa para reclamar judicialmente los daños y desperfectos determinar la causa de la fuga y los daños, si es el ayuntamiento por la acometida, si es la comunidad, o si la edificacion nueva que comenta está mal ejecutada y por consiguiente puede reclamar al promotor, constructor y arquitectos.

Estamos a su servicio.
Atentamente.

Luiuris Abogados Abogado en Valencia

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