Buen día, llevo casado ya 4 años y este último año ha sido casi un martirio para mí, por las contantes discusiones que mi esposa inicia delante de mis hijo, lo cual me parece muy perjudicial para ellos, a parte de calumnias que sufro por parte de ella entre otras cosas, quisiera divorciarme y obtener la tutela de mis dos hijo, unos de 9 años y el otro de 3 años, ¿cómo tengo que iniciar el procedimiento? ¿Qué es lo más recomendable? ¿Solo en qué casos me podría quedar con mis hijo? Gracias por su atención
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Estimado Daniel:
Debe usted interponer una demanda de divorcio a la que adjuntará un convenio de regulación de relaciones paternofiliales donde deberá fijar (mejor si es de mutuo acuerdo) la guarda y custodia, la pensión de alimentos (o compensatoria si ha lugar), el régimen de visitas y otros aspectos relacionados con los hijos comunes menores.
Contacte con nosotros (a través del e-mail o el teléfono que figuran en nuestro perfil) y estudiaremos su caso. Saludos cordiales.
Hola Daniel,
Debes interponer una demanda de divorcio ante los juzgados a través de abogado. Para darte más información, necesitaría más datos.
Un saludo,
Cristina Cáffaro Font
Abogacía y Mediación Familiar
Buenas Tardes Daniel, le informamos que deberá usted redactar con abogado convenio regulador y demanda solicitando la guarda y custodia de los menores, alimentos, usó vivienda, visitas. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
Buenos días Daniel, como le dicen mis colegas lo primero a realizar es la interposición de demanda de divorcio que puede ser de mutuo acuerdo entre las partes o contenciosa, si no lo hubiere.
Si el procedimiento se inicia de mutuo acuerdo este es más rápido y económico, entre otras cosas, porque podéis acudir los dos a un mismo letrado. A la demanda de separación o divorcio, se acompaña el convenio regulador que redactará el letrado y que establecerá los los términos acordados entre vosotros, en definitiva, todo lo referente al cuidado de los menores (régimen de visitas más o menos amplio, pensiones de alimentos y compenstoria, en su caso, gastos extraordinarios, etc.).
Si no es de mutuo acuerdo, el juez decidirá estas cuestiones y a quién otorga la custodia, que puede ser exclusiva (para uno) o compartida.
La casuística es amplia y en qué casos te la darían depende, entre otros, del marco legal y la jurisprudencia dictada en tu comunidad autónoma. Aquí en el Pais Vasco hay ley de custodia compartida y es por lo que se está apostando, pero hay otros factores a tener en cuenta depende de cada caso.
Espero haberte orientado.
Quedamos a tu disposición.
Un cordial saludo.