Hola tengo una hija de 8 meses. Acabo de ponerle mi apellido y la madre de mi hija me va a denunciar y yo no estoy trabajando, vivo con mis padres y quiere una pensión y yo estoy estudiando y no trabajo y no quiero darle ninguna pensión, ¡en todo caso pediría la custodia compartida! ¿Aun así tendría que darle manutención?
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Buenos días
Los gastos de atención y cuidado de los menores corresponde a ambos progenitores.
Le recomendamos que, o bien presenten al juzgado un convenio regulador de las medidas de guarda y custodia sobre su hija, en que regulen entre otros conceptos, los alimentos, vacaciones, gastos extraordinarios etc, de común acuerdo para que sea aprobado por el juez; o bien que lo solicite unilateralmente al juzgado.
El juez acordará las medidas respecto de la guarda y custodia de su hija (que podrá ser de custodia compartida), y el régimen de alimentos, que se deberá satisfacer por el progenitor no custodio, teniendo en cuenta su situación económica ( no sólo se tienen en cuenta los ingresos sino también el patrimonio).
Informarle que en la custodia compartida el juez también puede fijar pensión de alimentos si existe desequilibrio en los ingresos de los progenitores.
Espero que la respuesta haya sido de su utilidad.
Sin otro particular, reciba un saludo.
En un principio, si la menor convive con su madre, usted está obligado a pasarle una pensión de alimentos, que en una situación como la de usted, bien podría ser la mínima, unos 100 euros mensuales. Además están los gastos extraordinarios de la menor, que siempre es a 50%. si usted solicita custodia compartida y se la conceden, en general cada progenitor carga con los gastos del menor mientras se encuentra en su compañía, y no se abona pensión, quedando solamente a repartir los gastos extraordinarios. En nuestro despacho estaremos encantados de asesorarle.
Buenos Días Gustavo, le informamos que debe usted instar demanda de relaciones paternofiliales si no están casados con medidas tales como guarda y custodia de la menor, alimentos, visitas y será el Juez el que las acuerde teniendo en cuenta las circunstancias de cada uno. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
Hasta que un juez diga otra cosa, los padres tienen la obligación de alimentar, vestir y darle cobijo al menor. No basta con darle apellidos. Si bien en el convenio podrán regular y contemplar todo lo que estimen oportuno.