¿Quisiera saber si se ocupan también de las preferentes de Bankia?
Realizada por Canguro. 8 jun 2012
Buenos días:
Mi padre ha sido comprometido con las preferentes de Bankia.
Él ha fallecido, ahora nos encontramos mi hermano y yo con este problema. ¿Qué solución tiene?
Me han mandado un extracto con una valoración del 75%.
Un saludo.
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Hola Magdalena,
Desde el punto de vista del Derecho Civil o Mercantil, por lo general, tanto "las preferentes" como cualquier otro producto financiero que un Banco haya "colocado" a su cliente, utilizando engaño, ocultando información, o de cualquier otra forma que no sea "leal" (es decir, vendiéndole algo que no le beneficia, y sabiendo únicamente el Banco que esto era así) podría conllevar un error o vicio en el consentimiento contractual y, por tanto, podría solicitarse la resolución del contrato bancario, debiendo el Banco devolver el capital invertido.
Por otro lado, desde el punto de vista del Derecho Penal, también cabe la posibilidad de que el cliente haya sido víctima de un delito de estafa, que también es perseguible.
Lo correcto es siempre estudiar cada caso concreto para conocer cual es la vía más adecuada y saber qué posibilidades de éxito existen.
En cuanto a que hayan fallecido las personas que firmaron esos contratos bancarios; esto no debería representar problema alguno, ya que sus legítimos herederos le suceden, desde su muerte, en todos sus derechos y obligaciones y, por tanto, también podrían acudir a los tribunales en defensa de aquellos intereses, que ahora son también los suyos propios, de la misma manera que un heredero -una vez aceptada la herencia- también responde de las deudas que ha dejado el causante (la persona fallecida).
En Cerdan Asociados esperamos que la respuesta le haya sido de utilidad.
Las participaciones preferentes normalmente se contrataban de forma abusiva e incumpliendo los requisitos establecidos en la legislación para la contratación de productos financieros complejos. Cuando esto ocurre, existe la posibilidad de solicitar la nulidad del contrato y, por tanto, la devolución del dinero. Al haber fallecido su padre es posible que sea un poco más complicado demostrar la vulneración de los requisitos, pero se puede intentar.
La defensa en el caso de las preferentes se suele basar en la existencia de vicios del consentimiento. Habría que tener más información para estudiar las posibilidades de la reclamación.
Este despacho está a su disposición para tramitar cualquier reclamación en el asunto que nos indica de Bankia.- Igualmente podemos tramitarle en poner a nombre suyo y de su hermano, como herederos de su fallecido padre, dichos activos bancarios.- Le elaboraríamos modo de actuación y presupuesto.- Si desea nuestros servicios puede contactar con nuestro despacho.
Estimada cliente, el hecho de que se haya suscrito un valor sometido a cotización es por lo que se le ofrece menor importe de lo que en su día se entregó al banco.
Puede llevar a cabo una queja en el servicio de atención al cliente y posteriormente al Banco de España
También puede solicitar nuestros servicios frente a la entidad bancaria
El caso que planteas es bastante conflictivo, voy a tratar de explicártelo todo lo más fácil posible.
El problema del producto es que muchos de los inversores creían estar contratando algo similar a un depósito. Es decir, esperaban que el banco devolviera la inversión al cabo de unos años.
Pero realmente las preferentes son una deuda perpetua, lo que significa que el banco no tiene porqué devolver el capital inicial si no quiere. Cuando el ciclo económico acompañaba, los beneficios crecían año a año y los requisitos de capital eran más bajos, los bancos cumplían con esos plazos de vencimiento tácitos. Pero ahora que pintan bastos, los bancos no pueden hacer frente a esos compromisos oficiosos y las quejas han llegado a las sucursales.
¿Pero qué puede hacer un cliente con preferentes en estos casos?
1. DENUNCIAR AL BANCO: Pero tenga en cuenta algo muy importante: la realidad es que usted compró deuda perpetua. Si firmó todos los papeles voluntariamente, el banco no tiene nada que devolverle si no quiere. De hecho, si compró preferentes después de noviembre de 2007 (cuando entró en vigor la directiva europea Mifid) es casi seguro que usted firmó un papel en el que reconocía conocer a la perfección todos los detalles del producto y que éste se adaptaba a su perfil inversor.
Se puede plantar el pleito como clausula abusiva y/o que el personal del banco le informo de otra cosa induciendo al error, estando por ello viciado el contrato pues ha mediado engaño.
Aún así, sigue siendo un tema muy conflictivo, y como aún no existe jurisprudencia no sabemos la interpretación que darán los jueces.
2. QUEDARSE CON LA PREFERENTE: El riesgo que tiene está opción es que sigue estando a merced de la “buena voluntad” del banco. Hasta que la entidad de turno no decida darle una solución a su problema particular, no recibirá de vuelta su dinero.
3.VENDER LA PREFERENTE EN UN MERCADO SECUNDARIO: Podría vender sus preferentes en el mercado secundario, pero con un gran descuento. Para esta opción te recomiendo que consultes con un especialista en economía y bolsa.
4. ACEPTAR EL TIPO DE CANJE QUE OFREZCA LA ENTIDAD: En ese caso, depende del tipo de oferta.
Esperamos haberte sido útil. Si necesitas más información, o asesoramiento, no dudes en contactar con nosotros, estaremos encantados de atenderte.