Realquiler ilegal de habitaciones

Realizada por Arrendador Preocupado. 2 jul 2015

Hola,

Tengo un piso alquilado en Madrid a dos inquilinos. A pesar de que por contrato está indicado explícitamente que no se puede realquilar sin mi consentimiento por escrito y que en ningún momento pueden convivir más de tres personas en la vivienda, sé de forma fehaciente que en dicho piso están viviendo, al menos, seis personas.

Por lo que sé estos hechos llevan sucediendo casi un año.

Adicionalmente a esto sé que han causado problemas a la comunidad en varias ocasiones teniendo que intervenir la policía en alguna de ellas.

Evidentemente es una situación bastante desagradable tanto para mí como para el resto de la comunidad.

Es importante indicar que los inquilinos pagan regularmente el alquiler, por tanto, en principio parece que no se podría tomar la vía del desahucio por impago.

¿Qué me recomiendan que haga? ¿Intento plantear una demanda civil y ver cómo se puede llegar a demostrar el incumplimiento de contrato por realquiler o me tengo que aguantar (y con ello el resto de vecinos) hasta que se acabe el contrato o quieran irse?

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Buenos días Arrendador Preocupado,

Le aconsejamos que antes de iniciar cualquier acción legal, envíe de manera fehaciente a sus inquilinos un escrito recordando lo estipulado en contrato e instándolos a que dejen de sub-arrendar en caso lo estén haciendo.

Podemos encargarnos de brindarle un asesoramiento personalizado.

Puede conocer más sobre nosotros en Facebook, LinkedIn y Twitter.

Un saludo,

Anónimo-226992 Abogado en Madrid

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El problema estriba en demostrar el hecho cosa normalmente complicada.

Adruino Abogados Abogado en Castelldefels

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Buenas tardes,

Aunque los inquilinos paguen el alquiler estipulado; están incumpliendo con lo dispuesto en el contrato, y por lo tanto se les podría demandar por incumplimiento contractual, dando por finalizado el mismo. Los inquilinos tendrían que abandonar la casa que quedaría a su disposición.

En GMJ Abogados, podemos ayudarle con este trámite, desde el inicio de la vía extrajudicial (aviso fehaciente a los actuales inquilinos de su incumplimiento) hasta la sentencia.

Quedamos a su disposición.

Muchas gracias

Un cordial saludo

Anónimo-194569 Abogado en Madrid

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Buenas Tardes, le informamos que habrá que estar a lo indicado en el contrato de arrendamiento, y si los inquilinos han incumplido deberá resolverse y para ello deberá enviar un burofax comunicando la resolución del contrato y abandono del inmueble por su parte. Si desea que valoremos su caso y le representemos, en Grech Abogados estaremos encantados de atenderle, venga a vernos!!!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Hola buenas noches, podría instarse un desahucio por precario, ya que estoy seguro que no tendrán contrato, hay una forma de demostrar que viven ahí aunque no conste ahí ni empadronados o lo nieguen a la hora de juicio.
En caso de que digan que tienen contrato, si constan como arrendadores los inquilinos, ya puedes instar también desahucio por incumplimiento contractual por incumplir prohibición de subarriendo, viendo la documentación podría darle una respuesta más ajustada.
Si desea iniciar el procedimiento, no. dude en ponerse en contacto con nosotros, trabajamos en todo el territorio nacional.

Saludos

Anónimo-228174 Abogado en Las Palmas de Gran Canaria

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Buenos días y gracias por su consulta. La propia comunidad puede instar el desahucio por ruidos y molestias a los vecinos. Es una opción que se podría estudiar. Igualmente tiene la posibilidad de estudiar probar el subarriendo inconsentido aunque supongo serà difícil. No obstante si lo desea puede llamarnos para comentar con mayor detalle su caso y si le interesa le facilitamos un presupuesto sin compromiso. Un saludo. Larrotcha y Del Campo Abogados. Manuel Larrotcha

Larrotcha y Del Campo Abogados Abogado en Madrid

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Si en el contrato de arrendamiento estipuló la prohibición de subarrendar el inmueble puede iniciar un procedimiento de resolución de contrato al haberse incumplido una de las obligaciones asumidas por el arrendatario. Quedo a su disposición para iniciar las acciones correspondientes. Saludos.

Asesores Fonseca Abogado en San Cristóbal de La Laguna

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Estimado Consultante, en el caso de que su contrato incluya, entre otras, que es motivo de resolución del contrato de arrendamiento el incumplimiento de las normas estatutarias de la comunidad, se puede instar una demanda y solicitar la resolución del contrato de arrendamiento. Así mismo podrá acudir al Ayuntamiento y comprobar si todos los inquilinos, incluidos los que tienen derecho a vivir en el piso se han empadronado. Si así fuera podrá solicitar que le expidan un certificado de todos los residentes y finalmente pedir la baja de los que tienen su autorización. Y todo esto a efecto de una futura reclamación judicial. Reciba un cordial saludo.

HM & P. Abogados y Asesores Abogado en Eivissa / Ibiza

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Efectivamente hay un incumplimiento del contrato y podríamos pedir la nulidad del mismo. De todas maneras si quiere contáctenos y le ayudaremos en lo que podamos.

Serrano y Sobrinos Abogados Abogado en Madrid

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