Reclamación telefónica

Realizada por Francisco Jiménez. 6 oct 2017 Defensa consumidor

Buenos días.

En julio de 2014, tras sólo unos meses de contrato, di de baja el contrato de telefonía mas Internet con telefónica.

Cuando lo contraté vía web ponía que no tenía permanencia.

En primer lugar, vino un técnico a mi casa e instalo el router sin informar que conllevaba un coste, posteriormente me llegó cobrado en factura.

Esto lo reclame a través de arbitraje de consumo y me dieron la razón, dando un plazo de 30 días a telefónica para devolver el importe.

Entre medias, solicité la baja por cambio de domicilio y me llegó una factura por baja anticipada al haber permanencia, la cláusula estaba escondida en la letra pequeña del contrato.

El importe de la instalación del router lo descontaron de la factura por baja, pero siguieron reclamando unos 85€.

Volví a abrir u arbitraje pero no recibí el laudo al haber cambiado de domicilio.

La baja fue en agosto de 2014.

La semana pasada me llamaron de un buffet de abogados reclamando la deuda, según me dijo han mandado varias cartas al domicilio anterior.

Al haber pasado más de 3 años, ¿me lo pueden reclamar?

He solicitado el laudo y lo desestimaron, por lo que se supone que debería haberlo pagado.

Muchas gracias.

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La caducidad de la ejecución (artículo 518 LEC) se establece a los cinco años siguientes a la firmeza del laudo arbitral, por lo que debería usted pagar lo que se acordó.

Anónimo-320387 Abogado en Madrid

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