Mi padre murió hace unos 4 años y nunca me he preocupado de si tenía que cobrar algo de herencia, pero por problemas familiares ahora me gustaría reclamar algo de la herencia. No tengo relación con mi madre ni con mi hermano y no sé si mi padre dejó algún testamento, no sé si serán suficientes datos para que me puedan ayudar, gracias.
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En primer lugar habría que hacer las averiguaciones necesarias para determinar lo que a usted le corresponde y en segundo lograr, si así fuera, cobrarlo. Desde nuestro despacho en Madrid, Alcalá y Majadahonda, estaremos encantados de ayudarle. Gracias.
Buenas tardes José.
Lo primero que ha de hacer es averiguar si su padre murió con o sin testamento. Para ello debe dirigirse al Registro de Ultimas Voluntades en Madrid, para ello necesita el Certificado de Defunción de su padre.
La forma de proceder es diferente si existe o no testamento, pero ambas vías no son fáciles después de 4 años.
Mi recomendación es que contrate un abogado
Si lo desea puede ponerse en contacto conmigo para ampliar la información y de esa manera poder aconsejarle mejor e incluso poderle llevar el caso. Saludos.
Estimado Sr.
EL plazo que tiene para reclamar la herencia es de 5 años desde el fallecimiento. Debe pedir una declaración de herederos y ponerse en contacto con un bufete de abogados que conozcan el Dcho de Sucesiones.
En cualquier caso, quedamos a su disposición como especialistas.
Un saludo
Buenos días,
Este asunto es algo complicado así que como le han recomendado mis compañeros lo mejor es que se ponga en contacto con un letrado que le asesore. Debe obtener certificado de defunción y últimas voluntades para ver si había testamento. Por otro lado debe averiguar si su padre contaba con cuentas corrientes, inmuebles o algún seguro de viada. Tiene mi despacho a su disposición si precisa asesoramiento.
Saludos.
Si quieres saber si tu padre dejo testamento o no, solicita un certificado de defunción, posteriormente solicita las últimas voluntades, y en este documento aparecerá reflejado si tenía testamento o no, y si hay varios el que vale es el último.
Una vez que sepas esto, si otorgo testamento podrás acudir al notario y si no lo otorgo, se tiene que proceder a hacer una declaración de herederos.
Deberá iniciar el procedimiento correspondiente, por lo que deberá ponerse en contacto con un abogado para tramitarlo, pero antes de nada investigue si su padre otorgó o no testamento solicitando el certificado de defunción y con ello, un certificado de últimas voluntades, puesto que es el paso previo para iniciar cualquier procedimiento.
Estoy de acuerdo con el compañero. Solamente precisar con respecto a lo que menciona usted de "reclamar algo de la herencia" que, salvo que acepte la herencia a beneficio de inventario, la aceptación incluye las posibles deudas de ésta y que ha de hacerse de forma pura y simple, no condicional. Como ve, son cuestiones muy técnicas en las que es más que aconsejable el asesoramiento por un buen profesional.
Como dice mi compañero lo primero es solicitar el certificado de defunción en el Registro Civil; una vez lo tengas te vas a la gerencia territorial del ministerio de justicia de tu provincia, allí debes ir con el modelo 790 rellenado y la tasa pagada y con el certificado de defunción obtenido en el Registro civil.
Para cualquier duda que tengas estamos a tu entera disposición.
Lo primero que puedes hacer es solicitar un certificado de defunción. Con eso, solicitar al registro de ultimas voluntades si existió algún testamento o no. En cualquier caso, puedes dirigirte a un abogado para que haga la investigación oportuna.