Hola, Soy madre de unniño de casi 4 años, el cual lleva solo mis apellidos, el pare quiere ahora reconocerlo, nunca me paso pensión de alimentos ni nada de nada. Cuando reconozca al niño tendra obligación de pagar todo lo retrasado?? Tendra derecho de regimen de visitas, si hace mas de un año q no sabé nada del niño y apenas lo conoce
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Buenos días Sara,
El padre, en cuanto se reconozca su paternidad no tendrá, si usted no lo reclama, obligación de abonar nada para la manutención de su hijo. Es decir, el paso previo es que se reconozca la paternidad pero si ni él ni usted acuerdan o entablan un proceso de reclamación de alimentos y visitas, él tendrá reconocida su paternidad pero sin más, sin derechos ni obligaciones.
Si él lo pide, o ustedes lo acuerdan, él tendrá derecho a un régimen de visitas. Es evidente que si siquiera conoce al niño, dicho régimen de visitas deberá ser MUY progresivo y viendo cómo se adapta el niño a la nueva situación.
En todo caso le aconsejo que se haga con los servicios profesionales de un buen abogado o abogada experto en derecho de familia.
Si usted consiente en que el padre reconozca al menor podrá reclamarle el pago de la pensión de alimentos, la cual tendrá obligación de pagar desde que se declare judicialmente mediante sentencia. Asimismo, el padre podrá tener derecho de visita e, incluso, solicitar la custodia compartida.
Estamos a su disposición.