¿Recurrir decreto de expulsión por arraigo?
¿Cómo funciona la petición para que te deroguen un decreto de expulsión por motivo del arraigo al país?
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La paralización del procedimiento de expulsión y su posterior cancelación esta condicionada a la solicitud de la obtencion de residencia y trabajo en el pais. Para ello la via principal es el arraigo social, aunque tambien existen otras como la familiar. En todo caso, dicha solicitud, debe ser consistente, para que tenga el fin deseado, que es la regularización de su estancia en nuestro país.
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Cuando la Delegación del Gobierno comunica el decreto de expulsión hay un plazo de un mes para recurrir en reposición ante la misma delegación del Gobierno, o bien 2 meses para acudir a los juzgados contenciosos administrativos.
Si se recurre en vía admnistrativa (recurso de reposición) hay que esperar a la resolución para interponer el recurso contencioso administrativo, o por silencio administrativo (caso de que no contesten en el plazo de un mes) en el plazo de seis meses. Siempre hay que recurrirlo para evitar que dicha resolución sea firme y evitar así que puedan ejecutar dicha expulsión.
Con indepedencia de lo anterior, si se reúnen los requisitos para presentar autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo hay que presentarla, pues esa circunstancia la tienen en cuenta los jueces para revocar la resolución de expulsión y algunas Delegaciones del Gobierno también.
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Se puede solicitar la revisión del procedimiento de expulsión. Sin embargo, en muchas delegaciones del gobierno, basta con presentar la solicitud de arraigo: si esta prospera, la expulsión es revocada. Le recomiendo que consulte con un abogado experto en extranjería de su provincia.
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