Tengo reducción de jornada desde hace 8 años por cuidado de menores. En mi empresa hemos entrado en Erte por el covid. Cómo tienen que calcular la prestación? Cómo si hubiera estado trabajando al 100% o sobre mi jornada reducida?
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Estimada Neli:
Le sugerimos que dirija su consulta a un abogado laboralista de esta plataforma jurídica.
La prestación por desempleo se calcula por la base de cotización de los seis meses anteriores al paro, por lo que si cotizas el 50% de la jornada, la prestación por desempleo será el 70% del 50% cotizado.
Hola buenos días. Su prestación se calculará sobre la base de cotización anterior a la reducción de jornada, al tratarse de una reducción de jornada por guarda legal (cuidado de menor). Es decir, la base de cotización previa a la reducción, sin considerar dicha reducción.