Reducción de jornada ¿y me despide?

Realizada por carolina. 27 nov 2016 Abogados laboral

Buenos días! Acabo de incorporarme a trabajar con una reducción de jornada por cuidado de un menor. Anteriormente trabajaba de 9 a 20 horas sin cobrar horas extras. Ahora he pedido de 7 a 14 y les ha sentado muy mal. Ha llegado a mis oídos que quiere despedirme pero que va a espera a que pase algo de tiempo. Podría hacerlo?

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Buenos días Carolina. La Ley laboral en España protege los intereses del menos y vela por la conciliación laboral-familiar. Por ello, su regulación siempre va a ir dirigida a facilitar a los trabajadores el cuidado de sus hijos. Por ello, para que la empresa pueda despedirte, tiene que ser por motivos que no estén relacionados con la reducción de jornada, pues en dicho caso el despido sería nulo y tendrían la obligación de reincorporarte y pagarte los salarios de tramitación. Habitualmente, las empresas efectúan despidos ocultando el hecho real, y alegando motivos diversos, que luego tienen complicado acreditar en un juicio. También, siendo conocedoras de lo complicado de ganar el juicio, intentan forzar a los trabajadores a llegar a acuerdos. Lo que yo te recomiendo, es que en cuanto recibas la carta de despido acudas a un abogado para impugnarlo, pero debes hacerlo antes de que hayan transcurrido 20 días, pues de lo contrario tu acción habría caducado.
En Relanzón Abogados estaríamos encantados de poder asesorarte.

Un saludo
Lucía Relanzón

Relanzón Abogados Abogado en Majadahonda

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Buenas Tardes Carolina, le informamos que si la empresa le despide tendrá que acreditar la causa y usted puede impugnarlo dentro de los 20 días ss a su notificación. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Laboral, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Estando de reducción de jornada por guarda legal te encuentras más protegida. Como ha indicado mi compañero, solamente podría despedirte justificando el motivo del despido, causas disciplinarias o objetivas, de no hacerlo el despido podría considerarse nulo por ser discriminatorio.

Montserrat Vinyals Esteban Abogado en Sant Cebrià de Vallalta

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Para que el despido sea procedente deberá aportar una causa y eso se verá en el contenido de la carta de despido

Avendaño & Asociados Abogados Abogado en Bilbao

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Hola Carolina,
en realidad el empresario puede despedir en cualquier momento. En su caso entendemos que va a esperar un poco, pues si lo hace en un breve espacio de tiempo el despido seria nulo lo que implicaría que tuviese que readmitirla tras sentencia judicial. No obstante aunque deje pasar tiempo, si esta con reducción de jornada y la despide cabe la posibilidad también de que se declare como nulo. Quedamos a su completa disposición para asesorarla en lo que precise.

Abogado Laboral y Seguridad Social Martínez & Asociados Abogado en Cambrils

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