Renuncia a la herencia voluntaria
Buenos días. Quisiera saber si puedo ceder la herencia que me corresponde a uno de mis hijos antes de aceptarla. Gracias
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Buenos días, ceder la herencia no puede realizarse, pero sí la aceptación de herencia y la donación de su parte a sus hijos. Es importante conocer donde reside, ya que depende de su residencia, puede que haya diferencias en la legislación que regula la herencia y donaciones.
En Hinode, podemos ayudarle.
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Buenos días Señor Corral,
Lo primero que debe hacer es aceptar la herencia, a continuación puede trasmitirla a terceros, en este caso a sus hijos, existiendo diferentes medios legales para ello.
Quedamos a su disposición para convertar una cita.
Un saludo
Arboleya Fanjul Abogados
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Buenos Dias, le informamos que antes de aceptar la herencia no puede donarla. si desea que valoremos su caso, en Grech Abogados somos expertos en Derecho de Familia y Sucesiones, venga a vernos, la 1ª consulta es gratuita, estaremos encantados de atenderle.
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Primero se acepta y luego se dona. No se puede donar nada sin antes aceptar.
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Mientras no aceptes, tienes un derecho sobre todo o parte de los bienes, no sobre los bienes en sí mismo. Puedes aceptar y partir la herencia, y entonces entregar lo recibido a tus hijos mediante cualquier título traslativo de dominio (compraventa, donación, permuta,,,), si pretendes ceder unos bienes concretos, otra posibilidad es hacer un testamento e instituir legatario a uno de tus hijos.
Recuerda también en el aspecto fiscal.
Quedamos a su disposición para más dudas.
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lo que puedes hacer es no aceptar la herencia para que ésta vaya a tus herederos. Pero no puedes decidir a quien quieres cederla pues al no aceptarla no llega a ser tuya, y por tanto no puedes decidir su destino. Simplemente se produce una sustitución vulgar de ti por tus herederos.
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