Reparación de electrodomésticos - Contrato de arrendamiento

Realizada por Manuel Martinez. 16 sep 2016 Defensa consumidor

Buenos días,


Tengo algunas dudas con las obligaciones en relación a las reparaciones y hay conflicto entre el arrendador y yo.


Llevamos menos de año y medio en el piso, se ha averiado el lavavajillas y es necesario cambiarlo (la reparación es complicada y bastante costosa).


El problema es que el arrendador no quiere hacerse cargo de la compra del nuevo lavavajillas porque dice que por contrato lo tengo que asumir yo.


La cláusula del contrato a la que se refiere es la siguiente:


"Serán a cuenta de la parte arrendadora todas las instalaciones y reparaciones que sean necesarias para adecuar y conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido y que excedan del mero uso y desgaste por el paso del tiempo siempre que el deterioro no resulte imputable al arrendatario.


Será de cuenta de la parte arrendataria el coste de las pequeñas reparaciones y mantenimiento que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda como son los desperfectos en cristales, pomos, persianas, cocina, desagües, elementos sanitarios, grifos, calderas, antenas de TV, calefacción, aire acondicionado y otros elementos propios de las instalaciones de que se dota el inmueble."


¿Realmente tengo que asumir yo el gasto de un lavavajillas nuevo cuando el uso del lavavajillas antiguo ha sido normal por mi parte y siendo un electrodoméstico de más de 7 años de antigüedad (según nos indicó el técnico)?


¿Se considera esa avería por desgaste achacable a mí?


¿Cómo debo actuar en esta situación?


Muchas gracias por vuestra atención.

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Realmente el arrendador debe hacerse cargo del arreglo del lavavajillas o comprar uno nuevo por ser un gasto achacable al desgaste de un electrodoméstico con 7 años de antigüedad o si no pagarlo Vd. Comunicándole que se le deducirá del pago del alquiler.

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

No cabe por parte de su arrendador una reclamación de un bien cuya amortización es mayor de cinco años. Si le interesa defenderse estaremos encantados de ayudarle. José María

Lumbreras Abogados Abogado en Zaragoza

8 respuestas

2 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Abogados especialistas en Defensa consumidor

Ver más abogados especializados en Defensa consumidor

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

Esta consulta ya existe

Por favor, utiliza el buscador para conocer la respuesta

abogados 10750

abogados

preguntas 32600

preguntas

respuestas 62700

respuestas