Tengo una hija con una discapacidad del 95% El caso es que hay una cuenta bancaria abierta a su nombre y al mio, pero me dijeron que la cuenta esta bloqueada y no puedo sacar dinero de esa cuenta, debido a que tengo que seguir unos trámites para que yo tenga la autorización de poder sacarlo. Nunca he tenido problemas y siempre lo he sacado yo, pero ahora debo de seguir unos trámites por x motivos para poder hacerlo. Mi hija es mayor de esas, tiene 20 años.
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Buenos días,
Lo que le interesa es iniciar un procedimiento de incapacidad, que es relativamente sencillo si las condiciones son las que expone. Una vez lo lleve a cabo, podrá manejar sus bienes, teniendo la obligación de presentar las cuentas anualmente ante el Juzgado.
Quedo a su disposición. Trabajo en Valencia ciudad y alrededores.
Dependiendo del tipo de discapacidad de su hija (que sea cognitiva o no), sería necesario promover un expediente judicial de incapacitación (o prórroga de la patria potestad), con nombramiento de tutor/representante legal, que les serviría para esta gestión y para futuras. Aportando la documentación médica y administrativa existente, mediante una demanda judicial, y dándoles audiencia a la familia más próxima (padres y hermanos), no plantea ninguna dificultad y podrían tenerlo listo en unos pocos meses (dependiendo del juzgado competente). Quedo a su disposición para hacerles presupuesto y aclarar cualquier duda. Un cordial saludo.
Aunque su hija tenga tal grado de discapacidad, al ser mayor de edad no incapacitada ella tiene la plena disposición de sus bienes y derechos.
Por ello, si su hija no puede valerse por sí misma sería conveniente instar un proceso de incapacitación en el que se le nombre a usted su tutora legal.
Es probable que tenga que iniciar un procedimiento de incapacidad para rehabilitar la patria potestad.
Estoy a su disposición para orientarle y asesorarle debidamente.
Necesitará instar en el Juzgado un procedimiento de Incapacidad, a fin de que Vds, sea su tutor legal y pueda intervenir en su nombre tanto en cuentas, como en cualquier otro ámbito, para lo que necesitará un abogado y un procurador.
Buenos días:
Vd no podrá sacar en principio el 50% de esa cuenta, lo podrá sacar el otro pero con una autorización firmada por ella siempre y cuando esa discapacidad no merme sus facultades mentales, sino tendrá que ser el tutor o por medio de la patria potestad prorrogada, tendría que ser por autorización judicial.