¿Requisitos para La Ley de la Segunda Oportunidad?

Realizada por Yaiza Díaz Estévez. 16 mar 2017 Ley de segunda oportunidad

Buenos días, en estos días he oído hablar de esta Ley, yo tengo bastantes deudas y en tres de ellas me incluyeron en ficheros de morosidad, con mi sueldo pago la mitad de la hipoteca y otros préstamos, quedándome con poquísimo dinero para llegar al día 10 y tengo que alimentar a mí hija y a mí. Quisiera saber a donde acudir.

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Ignacio Jiménez

Ignacio Jimenez - Abogado Abogado en Madrid

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Buenos días, Sra. Díaz: La conocida como Ley de Segunda Oportunidad es una ley que pretende ser un ligero balón de oxígeno para pequeños empresarios y personas particulares que no puedan hacer frente a las deudas contraídas. SE inicia con un intento de llegar a un acuerdo extrajudicial con los acreedores. Si una vez finalizado el proceso de negociación no se ha alcanzado un acuerdo, el deudor y este mediador concursal podrán solicitar ante un juez el concurso de acreedores voluntario. En esta fase, el juez podrá exonerarle de sus deudas bajo dos supuestos fundamentales: que se considere que el deudor sea insolvente, es decir, que no tiene dinero ni activos para hacer frente a sus deudas y, en segundo lugar, que dicho deudor haya demostrado obrar de buena fe. Este último es uno de los puntos más importantes y complejos de todo este proceso. Para que una persona o emprendedor sea considerado sea considerado de buena fe, debe cumplir una serie de requisitos, entre los que destacan:
• Haber intentado alcanzar un acuerdo extrajudicial con sus acreedores.
• Haber sido declarado culpable. Dicho de otro modo, que el juez no considere que su insolvencia haya sido provocada de manera deliberada .
• No haberse acogido a la Ley de Segunda Oportunidad en los diez años anteriores a la petición del concurso.
• No haber sido condenado por delitos contra el patrimonio, contra el orden socieconómico, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores.
• No haber rechazado una oferta de empleo adecuada a su capacidad en los cuatro años anteriores a la petición del concurso.
Una vez se considera que el deudor puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, sus deudas privadas con bancos o proveedores quedan exoneradas. Sin embargo, la Ley establece dos excepciones: "los créditos de derecho público y los créditos por alimentos". Es decir, el deudor tendrá que seguir haciendo frente a las deudas contraídas con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, además de la manutención alimenticia de sus hijos en caso de que esté divorciado. Es un proceso largo y complejo, que precisa de más información para cada caso en particular. Nuestro despacho es especialista en dicha Ley, quedando a su disposición para cualquier consulta respecto al mismo. Le saluda atte., Jaume J. Moll (abogado).,

JJ Moll Advocats / Abogados Abogado en Lleida

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