Rescate de plan de pensiones

Realizada por sergio. 23 mar 2015

Tengo un plan de pensiones en una entidad bancaria, según tengo entendido con la modificación de la ley.

Última actualización, publicada el 02/08/2014, en vigor a partir del 03/08/2014. Texto original, publicado el 25/02/2004, en vigor a partir del 26/02/2004.

Podrá rescatar su plan de pensiones.

Una persona con el certificado de incapacidad permanente absoluta podrá rescatar su plan de pensiones. Cobro únicamente 677 € y no tengo ninguna propiedad.

La respuesta del banco es la siguiente denegando el rescate.


Estimado cliente:

Acusamos recibo de la solicitud de prestación por INCAPACIDAD.

Analizada la documentación que adjunta, acreditativa del acaecimiento de dicha contingencia, y conforme a lo estipulado en las Condiciones Generales del Plan de Previsión Asegurado indicado, le comunicamos que no tiene derecho a la prestación, por los motivos expuestos a continuación:

Efecto contingencia (01/02/2007) anterior a fecha de adhesión al plan (24/5/2007)

Lamentamos por tanto, no poder acceder a lo solicitado.

Atentamente.


En la ley no pone nada de cuando se realizo el plan de pensiones.

¿Esto es como dice el banco?

Muchas gracias

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Mejor respuesta

Buenos días Sergio. Si lo deseas, mi despacho colabora con una entidad aseguradora lider en planes de pensiones donde en más de una ocasión he llevado a cabo rescates por la contingencia de Invalidez. Si lo deseas ponte en contacto conmigo y tu problema se resuelve en 2 semanas. Saludos 6.5.0.7.7.3.9.5.4

RT Abogados Abogado en Zaragoza

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