Rescate de plan de pensiones
Tengo un plan de pensiones en una entidad bancaria, según tengo entendido con la modificación de la ley.
Última actualización, publicada el 02/08/2014, en vigor a partir del 03/08/2014. Texto original, publicado el 25/02/2004, en vigor a partir del 26/02/2004.
Podrá rescatar su plan de pensiones.
Una persona con el certificado de incapacidad permanente absoluta podrá rescatar su plan de pensiones. Cobro únicamente 677 € y no tengo ninguna propiedad.
La respuesta del banco es la siguiente denegando el rescate.
Estimado cliente:
Acusamos recibo de la solicitud de prestación por INCAPACIDAD.
Analizada la documentación que adjunta, acreditativa del acaecimiento de dicha contingencia, y conforme a lo estipulado en las Condiciones Generales del Plan de Previsión Asegurado indicado, le comunicamos que no tiene derecho a la prestación, por los motivos expuestos a continuación:
Efecto contingencia (01/02/2007) anterior a fecha de adhesión al plan (24/5/2007)
Lamentamos por tanto, no poder acceder a lo solicitado.
Atentamente.
En la ley no pone nada de cuando se realizo el plan de pensiones.
¿Esto es como dice el banco?
Muchas gracias