Responsabilidad en reparacion

Realizada por Mar. 2 feb 2017 Administración de fincas

Se produce un atasco en las tuberias. Cuando un operario va a arreglarlo se descubre que la instalación de fontanería es deficiente (tuberias sin ninguna inclinación, lo cual dificulta la evacuación del agua y favorece los atascos). Se atribuye mal uso de las instalaciones por parte dela inquilino, pero ¿en que medida se purde considerar que este ha hecho un mal uso? ¿Cual es la parte de responsabilidad del inquilino y del propietario?

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Buenos días Mar,
Efectivamente La Ley de Arrendamientos Urbanos establece que, el arrendador está obligado a la conservación de la vivienda (art. 21 LAU), y su incumplimiento por áquel supone que el arrendatario puede, en su caso, ejercitar acciones judiciales para obligar al arrendador en virtud de sentencia a que ejecute las obras.
Estas obras han de ser necesarias para la "habitabilidad" del inmueble.
En definitiva, el arrendador viene obligado no sólo a entregar la cosa en estado de servir al uso de su destino, durante todo el tiempo de vigencia del contrato, sino también de verificar las obras para su conservación. Por ello, el arrendatario deberá comunicarle al arrendador la existencia de estas deficiencias que hagan inservible la cosa arrendada y por ende, sea precisa una obra de reparación.
Del mismo modo, el arrendatario en el comunicado instarle al arrendador a que lo repare en un plazo determinado, de no hacerlo así, lo podrá realizar o encargar él a su costa (del arrendador).
Es importante destacar que si el atasco se produce porque no se limpia o se usa de forma indebida, no sería achacable al arrendador. Ahora bien, si es por una deficiencia en las instalaciones realizadas por el propietario, es éste el responsable de subsanar esta situación.
Espero haberle orientado.
Como especialistas en arrendamientos, auedamos a su disposición.
Un cordial saludo.

Pinilla & Abogados Abogado en Bilbao

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Buenas Tardes Mar, los contratos son de obligado cumplimiento para ambas partes. Entre las obligaciones del arrendador se encuentra la de tener el inmueble en perfecto estado y de no ser así responder. El arrendatario responde por el mal uso que haga del inmueble. Si desea que revisemos su contrato y valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Civil, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Estimada Mar:

Por norma general, es el propietario quien debe hacer frente el coste de la reparación que describe. No obstante, para darle una respuesta más detallada sería necesario leer su contrato.

En nuestro despacho tenemos una amplia experiencia en Derecho de Arrendamientos.

Quedo a su disposición para lo que precise,

Un cordial saludo.

Eugenio Sanz Abogado en Madrid

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Estimada consultante:
Habrá que estar a lo que disponga el contrato. En principio, un desatasco debido al uso será responsabilidad del inquilino, tanto si se trata de un uso normal como anormal, siempre y cuando las tuberías estén al comienzo del arriendo en condiciones adecuadas para dar el servicio para el que están destinadas.
Si como comenta, se puede probar fehacientemente que el atasco se ha producido (y se va a seguir produciendo) porque los elementos de desagüe son defectuosos desde el comienzo del arriendo (e incluso desde antes), esta reparación es responsabilidad del arrendador, no ya sólo el coste del desatasco si no por supuesto el de dar solución definitiva al problema, dado que si no se hace, los atascos serán recurrentes.
Esperando haberle sido de utilidad,
Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

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Estimada Mar,
El inquilino no tiene responsabilidad si utiliza los elementos del inmueble de modo normal. Si los elementos del referido inmueble son defectuosos éste no puede responder de los daños que se originen.

En Grupo LaBE Abogados somos especialistas en estos asuntos. Si tiene algún problema, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

LaBE Abogados Abogado en Madrid

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