Buenas tardes:
Me gustaría saber si la empresa puede tener algún tipo de responsabilidad por el hurto a un trabajador si se produce mientras se ausenta de su lugar de trabajo para realizar una gestión que la empresa le ha encomendado efectuar fuera de la empresa
Gracias.
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Estimado Javier:
Desde luego que sí. Un hurto es un hurto, sea donde fuere o aprovechando la ocasión que sea, lo cual podrá implicar agravantes o atenuantes en función de las circunstancias del delito, del lugar y del autor. Si además fue en el puesto de trabajo podría haber una responsabilidad de la empresa, salvo si no se tomaron las medidas mínimas y razonables de protección de los propios bienes.
Si desea que estudiemos su caso personalmente no dude en ponerse en contacto con nuestro bufete,a través de nuestro perfil corporativo de esta plataforma jurídica y nos ocuparemos de todo.
Quedamos a su entera disposición. Saludos cordiales.
Apreciado, para poder responder a su consulta es necesario profundizar en algún detalle como por ejemplo dónde se produce el hurto (en el puesto de trabajo o en el trayecto) y quien comete el hurto (un trabajador o un tercero ajeno a la empresa). En función de la respuesta a estas cuestiones la empresa puede ser responsable civil subsidiario de los delitos que cometan sus trabajadores.