Venimos percibiendo nuestras nóminas con retrasos de más de 10 días desde julio de 2015. En ocasiones con más de 20 días de retraso. A veces se nos han pagado las nóminas de modo fraccionado dentro del mes siguiente en distintas fechas, el primer pago dentro en la fecha convenida y el resto con bastante retraso.
Quisiera saber si, dada esta situación, es posible solicitar la resolución de contrato con derecho a percibir indemnización de 20 días, al menos y derecho a percibir la prestación por desempleo, o qué condiciones deben darse para poder hacerlo.
Gracias y un saludo
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El retraso continuado en el pago de las nóminas (más de 6 meses) es un incumplimiento grave de las obligaciones del empleador dando la posibilidad al trabajador de poder extinguir el contrato por dicha causa.
Lo mejor es intentar llegar a un acuerdo con la empresa para que no se produzcan estos retrasos ni fraccionamientos en los pagos.
De no llegar a un acuerdo y si persisten los retrasos podrán pedir la extinción del contrato por causas imputables al empleador.
Para cualquier duda puede ponerse en contacto con nosotros, un saludo.
Buenos Días Maria, le informamos que el pago del salario debe ser puntual , por lo que sí existe de forma reiterada el retraso podría instarse demanda laboral solicitando la extinción de su contrato por incumplimiento grave del empresario. No obstante si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados estaremos encantados de atenderle, venga a vernos!
Buenos dias,
Efectivamente si se vienen produciendo retrasos continuados en el pago de la nómina de las caracteristicas que usted expone, se puede solicitar la extincion voluntaria del contrato de trabajo por incumplimiento grave del empresario.
Si fuera asi y consiguieran sentencia estimatoria, tendrian derecho a una indemnizaciòn identica a la del despido improcedente.
En nuestro despacho ya hemos conseguido numerosas sentencias con exito en este sentido.
Buenos días
Si los retrasos son continuados, durante varios meses (6 meses, 8 meses ) y se demora 10, 15 días todos los meses, los tribunales suelen considerar que los retrasos en el pago de salarios son de entidad suficiente como para extinguir el contrato de trabajo
Debe poner primero conciliación, por lo que es aconsejable que se asesore de un abogado de su confianza
Si desea asesoramiento puede ponerse en contacto con nuestro despacho
Atte
Carmen abogada de Málaga
Sería conveniente intentar llegar a un acuerdo con la empresa de manera escrita y de sta manera tener alguna prueba de las irregularidades que comenta. Todo esto antes de ejercer acciones legales.
Podemos encargarnos de todo.
Contacta con nosotros a través de las redes sociales o en nuestra web.
Dolorier & Asociados Abogados
Abogados y Asesores Fiscal, Contable y Laboral
Madrid