El padre del niño no lo ha visto más que una vez cuando era bebé, él rehízo su vida y se casó. La madre también rehízo su vida y la actual pareja de la madre quiere ponerle su apellido al niño pero está reconocido por su padre biológico cuando el no tiene ninguna relación con el niño.
¿Se podrá hacer ese tipo de cambio de apellido?
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Buenas tardes,
Lo cierto es que su pretensión no es viable, como explica la compañera.
El Reconocimiento de un hijo implica unos DERECHOS, entre ellos, la Patria Potestad, que se ejercerá, salvo sentencia en contra, por ambos progenitores.
Pero también implica unas OBLIGACIONES, por ello, en su caso, si usted acredita que el padre incumple los deberes inherentes a la Patria Potestad, (por lo que comenta no se ha preocupado nunca por el hijo) lo que puede hacer es solicitar al juzgado que se prive al padre de la misma, bien solicitando la modificación de medidas si existen medidas sobre el menor aprobadas por el juez, o si no las hay, presentando demanda de medidas paterno-filiales, solicitando para usted la patria potestad.
Quedo a su disposición para cualquier duda. Un saludo
Buenas Tardes, le informamos como muy bien apuntan mis compañeros, no es viable lo que se pretende. Otra cosa es que se den hechos que afecten a la patria potestad que de forma conjunta deben ejercer ambos padres. De no ser así como informa, deberán instar demanda de modificación de medidas ante los Juzgados de Familia o si no estaban casados demanda de relaciones paternofiliales. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
Buenos días, si el menor está reconocido por el padre biológico, no es posible que un tercero solicite el cambio de apellidos. Lo único que puede esperar es a que ese menor cumpla la mayoría de edad, y sea él por sus propios medios quien quiera cambiar su apellido de orden o realizar un cambio de apellidos, pero la pretensión que tienen no es viable.
Un saludo y buen día.
Buenas tardes,
En la normativa actual española solo está prevista cuando su hijo/a sea mayor de edad, cambiarse el orden de los apellidos, pasando el de la madre a estar en lugar del del padre. En ningún caso le puede quitar el apellido paterno, tenga o no tenga relación con el hijo/a en cuestión, lo cual es muy triste. Espero haberle sido de ayuda. Saludos.