¿Se podría quedar mi novia con el piso donde vivimos con nuestro hijo?
Realizada por Jose. 28 mar 2015
Hola, vivo con mi novia y nuestro hijo de casi cinco años en un piso que pertenece a una herencia yacente de mis hermanos, de mi madre y mía. En caso de ruptura sentimental con mi novia, quería saber quién se quedaría ocupando ésta vivienda, teniendo en cuenta que yo no tengo ninguna vivienda a mi nombre y mi pareja dispone de un pequeño estudio hipotecado a su nombre, y también a quién beneficiaría ésta situación con la custodia del niño, si a mi pareja o a mí. Gracias por la ayuda.
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 1 personas
Buenas tardes,
En los procesos de familia el uso del que ha sido el domicilio familiar se otorga generalmente al que ostente la custodia del menor. En su caso, puede alegar que su pareja cuenta con otra vivienda. Además, aunque la sentencia del juzgado de familia le otorgara a su novia el uso de la vivienda en caso de ruptura, siendo ésta de terceras personas (que no es usted), éstas podrían recobrar la posesión de la vivienda a través de una demanda de desahucio por precario. Para todo ello, el mejor consejo que puedo darle es que, llegado el caso, se hagan con los servicios de un buen abogado o abogada de familia. Atentamente,
Agradezco encarecidamente vuestra respuesta, me surge una duda por la misma,
¿Qué pasaría si la vivienda de la madre estuviera arrendada y sólo dispusiera de un dormitorio y condiciones mínimas de aireación?
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
Esta respuesta le ha sido útil a 1 personas
Buenos días don José,
En los procedimientos de familia con menones siempre prima el interés del menor, el favor filii, por lo que en principio se otorgaría el uso al menor, no obstante se poría alegar la existencia de otra vivienda disponible.
En familia, siempre se atribuye al más perjudicado. Si tu pareja tiene un piso a su nombre, siempre se podría alegar que tiene donde vivir, ya que la vivienda familiar es de propiedad de la familia.
En todo caso, siempre aconsejo llegar a un acuerdo ante de ir a Juicio Contencioso de familia.
Al menor se le atribuirá el uso de la vivienda familiar junto con el progenitor al que se asigne la guarda y custodia del mismo.
Pascual Alquézar. Abogado Tarragona.
Buenos Días, le informamos que en caso de ruptura de la relación paternofilial que les une, siempre por el bien del menor es mejor tratar estos asuntos de forma amistosa. Si desea que valoremos su caso, en Grech Abogados somos expertos en Derecho de Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle, la 1 consulta es gratuita!!!!
En caso de ruptura de una relación de la que hay hijos, lo mejor siempre es intentar llegar a un acuerdo sobre todos los puntos que afecten al menor, tales como custodia, régimen de visitas, pensiones, vivenda, etc.
En el caso de la atribución del uso de la vivienda familiar, en defecto de acuerdo, el juez decidirá atribuir el uso normalmente a quien tenga la custodia del hijo, aunque ello no tiene porqué ser forzosamente así en el caso en que quien tenga la custodia disponga de otra vivienda. En cualquier caso se deberán valorar todas las circunstancias concretas de cada uno de los progenitores, entre las cuales la propiedad de la vivienda en la que han convivido.