¿Se puede cumplir más condena de la que ya se te ha impuesto?

Realizada por Nieves. 7 may 2015

Hola, el caso de mi pareja es que ha sido condenado a 1 año de prisión por quebrantamiento de condena (trabajos en beneficio de la comunidad). Alegan que solo fue 4 días en vez de 84 como se demuestra por los partes de firmas, hemos recurrido y dicen que eso es lo que hay en el juzgado ya que el funcionario encargado de enviar el informe al juzgado de vigilancia se ve que no lo ha hecho. Lo escribió mal la primera vez y no querrá reconocerlo. El caso es que no se los descuentan esos 84 días, lleva desde el 3 de diciembre preso y ahora con el descuento debería ya tener su condicional, vamos a volver a recurrir y el a solicitarlo otra vez desde allí pero si no se lo dan y cumple hasta julio, ¿no lo deberían indemnizar?

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lo lógico es que se lo computen. pero las cosas se han de hacer siguiendo el cauce adecuado. en caso de que cumpla mas condena de la que le toca (cosa bastante rara) considero que se puede pedir una indemnización por funcionamiento anormal de la administración de justicia. espero que le sirva mi respuesta. un saludo.

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