Mi hermano puso un juicio de división de cosa común de una vivienda heredada y yo estoy de acuerdo. Salió la sentencia de que me tenía que pagar por unos gastos que le reclamé y la casa saldría a subasta. Pero ahora me dicen que tiene 5 años para hacer ejecutar la sentencia.
Un abogado de pago me dice que puede pedir ejecutar esa sentencia, ¿esto es posible o me está engañando? Me dice que puede hacer ejecutar esa sentencia y llevar en la subasta por lo que me pide el 30% de todo lo que yo saque. ¿Alguien me puede ayudar?
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Buenos días Laura,
Efectivamente se puede ejecutar una sentencia de división de la cosa común y el plazo máximo para ejecutarla por lo general es de 5 años (caducidad).
Si la sentencia condena a una cantidad de dinero, la misma debería de haberse pagado en los siguientes 20 días hábiles desde que se notifico la sentencia. En el caso de que no se haya pagado, cuando se ejecute la cantidad se "eleva" un 30% por las costas e intereses de la propia ejecución.
Con respecto a llevar a subasta la vivienda, si ambos estáis de acuerdo, os saldrá mas económico y será más sencillo que busquéis a un comprador (o que uno le compre su parte al otro). La subasta esta pensada principalmente para cuando no hay acuerdo de ninguna clase y es necesario poner fin a la copropiedad.
Con respecto a los honorarios, indicarte que los abogados somos libres de establecer nuestros honorarios (por lo que habrá algunos que cobren ese importe, otros menos y otros más).
Nosotros por ejemplo tenemos varias opciones de presupuesto; presupuesto cerrado, presupuesto a éxito, presupuesto por horas. De esta forma nos adaptamos a las necesidades del cliente.
Sin otro particular,
Un saludo.
Alfonso López-Jurado
BARALON | ABOGADOS
P.D. Espero haberte ayudado. Si necesitas más información o presupuesto, puedes ponerte en contacto con nosotros para que te ayudemos a gestionar tu asunto.
Buenos días, le informamos que si desea que valoremos su caso con detalle, en Bufete Alberto Picón somos expertos en civil, mercantil y penal, siendo especialistas en derecho del consumidor y bancario y nuevas tecnologías, protección de datos y propiedad intelectual, estaremos encantados de atenderle.
Efectivamente se puede ejecutar una sentencia de división de la cosa común y el plazo máximo para ejecutarla por lo general es de 5 años (caducidad).
Si la sentencia condena a una cantidad de dinero, la misma debería de haberse pagado en los siguientes 20 días hábiles desde que se notifico la sentencia. En el caso de que no se haya pagado, cuando se ejecute la cantidad se "eleva" un 30% por las costas e intereses de la propia ejecución.
Con respecto a llevar a subasta la vivienda, si ambos estáis de acuerdo, os saldrá mas económico y será más sencillo que busquéis a un comprador (o que uno le compre su parte al otro). La subasta esta pensada principalmente para cuando no hay acuerdo de ninguna clase y es necesario poner fin a la copropiedad.
Con respecto a los honorarios, indicarte que los abogados somos libres de establecer nuestros honorarios (por lo que habrá algunos que cobren ese importe, otros menos y otros más).
Nosotros por ejemplo tenemos varias opciones de presupuesto; presupuesto cerrado, presupuesto a éxito, presupuesto por horas. De esta forma nos adaptamos a las necesidades del cliente.
Sin otro particular,
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Alfonso López-Jurado
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