¿Se puede hacer un convenio sin que el padre pase pensión alimenticia?

Realizada por maria. 1 oct 2013

Mi hijo tiene 7 años, su padre y yo nunca nos casamos, él lo visita como mucho una vez al año,aunque tiene mi permiso de verlo cuando quiera, pero nunca se lo lleva y nunca me ha ayudado económicamente, me gustaría tener los papeles del juzgado arreglados para poder acogerme a algún tipo de subvención pero sin obligarlo a el a que me pase pensión cosa que no piensa hacer y sin que le impongan a mi hijo pasar fines de semana con una persona que ni conoce. Gracias.

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Buenos días, Maria!
El convenio debe reflejar la pensión de manutención porque el Fiscal lo exigirá. Podéis reflejar una pensión mínima y luego ustedes de mutuo acuerdo hacer lo que os interese.

José Ramón Armas Herrera - Abogado Abogado en Las Palmas de Gran Canaria

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Los convenios reguladores son revisados por el Fiscal así que veo complicado que lo admita, podrían poner una pensión simbólica y si no se la paga no reclamarla, pero debe incluir pensión y visitas.
Tiene mi despacho a su disposición por si precisa asesoramiento.

Maria Prota Abogados Abogado en San Lorenzo de El Escorial

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Eso es algo a lo que el Ministerio Fiscal se opondría rotundamente.
En el convenio es necesario fijar una pensión de alimentos, a la que el menor tiene derecho, y el progenitor obligación de abonar.
Respecto a las visitas, también es necesario regularlas, las cuales incluso pueden ser por horas. En relación a las visitas, su fijación es mucho más flexible que respecto de los alimentos.
Para cualquier otra cuestión no dude en ponerse en contacto con nosotros a través de ésta página web.
Saludos
Lorena Abad

Abad Y Velázquez Abogados Abogado en Zaragoza

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Hola María.
Personalmente le recomiendo que lo reconsidere. Si bien el régimen de visitas responde al derecho/obligación de los padres de estar con sus hijos y viceversa, luego cada padre e hijo lo emplea más o menos según su relación personal.
Pero el derecho de alimentos es un derecho del hijo y una obligación de los padres (ambos). Es indisponible, y un acuerdo de mínimos debe contemplarlo. Creo que debería usted pensar en el bien de su hijo: puede que ahora no necesite la ayuda económica de su padre, pero eso no quiere decir que no tenga derecho a ella, o que en el futuro sus estudios o necesidades exijan ese apoyo económico.
En definitiva, le recomiendo que acuda a un abogado cercano para que estudie su caso detalladamente, y tratar de llegar a un acuerdo sobre visitas y alimentos, o de lo contrario, solicitarlo usted judicialmente.
Un cordial saludo.

Adrián Mayor Abogado en Las Palmas de Gran Canaria

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Buenas tardes.

¿Pretende pedir al Estado una ayuda económica? Complicado lo veo.
Lo más factible es que usted acuerde con el padre una pensión alimenticia para el hijo que tienen en común. En caso de no haber acuerdo decidirá el juez.

En cualquier caso debe actuar contra el progenitor.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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