¿Se puede renunciar a una denuncia?

Realizada por Pepe Gonzalez Sinde. 14 ago 2012

Unos chavales (menores y mayores de edad) forzaron los trasteros de donde vivo, uno de los cuales era mío. No ocurrió nada ni se robó nada, salvo el candado que rompieron para entrar. La policía vino y se los llevó, nos "obligaron" a denunciar apelando que "si no denunciabamos seríamos llamados igualmente a juicio como testigos". Denunciamos que habíamos sido víctimas de un robo y que oímos ruidos, sin más. Ahora nos ha llegado una carta de la fiscalía de menores en la que nos dan opciones como renunciar, y esperamos que llegue la correspondiente al juzgado por los mayores de edad. No sabemos qué hacer, no queremos hacernos cargo de tener que pagar un abogado, ni de pagar nada. En realidad, únicamente forzaron un candado.

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Usted puede renunciar a la acción, lo cual no significa que no se siga el procedimiento, por lo tanto renunciada por usted a la acción el fiscal podrá solicitar la prosecución del procedimiento o su archivo. En el caso que continúe el procedimiento ustedes serán citados para declarar.

Bufete Carrasco Abogados Abogado en Castellón de la Plana/Castelló de la Plana

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Puede usted renunciar a la acusación particular en cuanto a la acción penal pero no de la acción civil, para que continúe, en su caso, el Fiscal, el cual, dependiendo del caso, podrá bien solicitar archivo o continuar con las actuaciones. En tal caso, sería el fiscal el que solicitaría la indemnización por dańos y perjuicios en su nombre (coste candado).

Asesores Legales Alcalá 59 Abogado en Madrid

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