¿Se pueden echar atrás las vendedoras en una compra-venta?

Realizada por Arturo Gual Tellols. 1 jul 2015

Hace 11 meses firmé un contrato privado de compra-venta por un inmueble. La firma de la escritura se aplazó debido a que no habían pasado 2 años desde la muerte del anterior propietario y había una cautela de 2 años por si aparecían herederos.


Con el fin de adelantar trabajos en la vivienda en el contrato pusimos de mutuo acuerdo que las vendedoras me daban llaves para adelantar trabajos de limpieza y acondicionamiento para entrar a vivir, yo a cambio pagaba luz, agua y contribución. En ese tiempo aparte de limpiar a fondo la casa por dentro y por fuera, hice un muro perimetral, pero no pedí licencia al ayuntamiento ya que es un muro de 80 cm y para aguantar una valla y una puerta metálica de entrada para los coche que antes estaba deteriorada.


¿Las vendedoras pueden acogerse a que yo haya hecho obras para no llevar a cabo la firma de la escritura?


Yo ya tengo el dinero y el plazo de firmar que pusimos ha vencido


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Buenas Tardes, le informamos que si estas personas están incumpliendo lo pactado por contrato debe usted requerirles de modo fehaciente (burofax), en caso contrario deberá acudir a los Tribunales formulando demanda. Si desea que valoremos su caso con detalle y le representemos, en Grech Abogados estaremos encantados de atenderle, venga a vernos!!!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días Arturo,

Debe enviar escrito de manera fehaciente indicando un plazo legal de cumplimiento, una vez vencido ese plazo y no habiendo llegado a ningún acuerdo, podrá presentar demanda.

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Un saludo,

Anónimo-226992 Abogado en Madrid

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Buenos días Arturo.

Si se ha firmado un contrato de compraventa, aunque sea en documento privado, la compraventa existe puesto que, además, se ha entregado la posesión del inmueble. En oras palabras, la propiedad es SUYA. Si las vendedoras no quieren elevar a público el contrato privado, requiéralas ante notario para ello y, si no colaboran, no tendrá más remedio que exigir el cumplimiento de dicha formalidad en el juzgado.

Suerte, desde Tenerife

Gladys García Acosta Abogado en Güímar

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Buenos días

En absoluto pueden hacer lo que usted dice. Si se le permitió tener la posesión es que estaban de acuerdo con las obras. Si ahora le dicen que no quieren llevar a cabo la compraventa hay que actuar con firmeza, por escrito para que quede constancia de su incumplimiento y en caso de que persistan en la negativa, reclamar todos los daños y perjuicios que serán cuantiosos. Un cordial saludo

Tomás Doriga Abogado en Barcelona

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Para darle una respuesta apropiada necesitaría ver lo que han pactado en contrato. SI lo desea puede llamarnos para comentar su caso. Un saludo, LDC Abogados

Larrotcha y Del Campo Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días Arturo:
Debería requerirles por escrito para que cumplan con lo convenido en el contrato respecto de la firma de la escritura. Caso de que no estén dispuestos a ello, cabe acudir a la vía judicial para exigirles el cumplimiento del contrato.
Quedo a su disposición, un saludo

Joaquín Jiménez Iribarren Abogado en Zaragoza

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