¿Se sigue aplicando el art.1591 CC en los juzgados a pesar de la LOE?

Realizada por Sara. 18 mar 2016 Abogados online

Me gustaría saber cuál ha sido la evolución jurisprudencial del art.1591 CC en el TS. Esto es, la disposición de la LOE deroga o no el art.1591 CC.

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Buenos días.
Contestando a su pregunta y salvo mejor criterio de otro compañero, creemos que en materia de responsabilidad derivada en materia de construcción, si la licencia de obras se solicita antes del 6 de mayo de 2000, resulta de aplicación el art. 1591 cc. Si se solicita después del 6 de mayo de 2000, resulta de aplicación el artículo 17 y 18 de la LOE, conservándose el artículo 1591 del cc para aquéllos aspectos no previstos expresamente en los art. 17 y 18 de la LOE, como son daños morales, daños corporales, lucro cesante etc.

Jorge Muñoz Consultores S.L.P Abogado en Valencia

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esta evolución no acaba de afianzarse en los últimos pronunciamientos
jurisprudenciales, ya no sólo por las escasas menciones a la LOE y a su contenido,
refiriéndose aún al tradicional art. 1591 CC (que debe entenderse derogado tácitamente
por la citada LOE), sino también por algunas confusiones en aspectos fundamentales,
como son la distinción entre “ruina estructural o decenal” y “ruina funcional”

Adruino Abogados Abogado en Castelldefels

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