¿Si me casé en 2009 en la Comunidad Valenciana existía por defecto la separación de bienes? Ahora dicen que no tiene valor ese régimen, entonces si yo me casé con deudas, por eso quería casarme con separación, ¿ahora pueden embargar también a mi mujer por deudas contraídas antes de formar el matrimonio?
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La sentencia dictada por el Tribunal Constitucional indica que los matrimonios concertados durante la vigencia de la Ley que ahora se anula seguirán rigiéndose por el sistema de separación de bienes que era el supletorio en ese momento.
Buenos días
El pasado 28 de abril el Tribunal Constitucional resolvió el recurso inconstitucional contra la ley de la Comunidad Valenciana 10/2007 de régimen económico matrimonial valenciano declarando inconstitucionales una relación de artículos y por ende el resto de artículos , si bien el Alto Tribunal ha resuelto que "no afectará a las situaciones jurídicas consolidadas", por lo que no afectará a los matrimonios contraídos durante la vigencia de la norma.
En su caso el régimen económico aplicable a su matrimonio es el de separación de bienes.
Espero que la respuesta haya sido de su utilidad.
Sin otro particular, reciba un saludo.