Separación matrimonial con hijos, ¿qué debo saber y hacer?
Mis hijos tienen 3 años, tenemos hipoteca, etc. ¿En qué lugar quedo yo, qué debo conocer y saber cuándo esto ocurra?
Mis hijos tienen 3 años, tenemos hipoteca, etc. ¿En qué lugar quedo yo, qué debo conocer y saber cuándo esto ocurra?
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Estimado Isidoro:
Muy resumidamente: la separación conyugal supone que habrán de regularse los efectos de dicha ruptura en cuanto a: guarda y custodia de los comunes y menores hijos, que se atribuirá al progenitor que se considere el más adecuado para cuidarlos y atenderlos, desde el punto de vista del superior interés de aquéllos, y sin perjuicio de la posibilidad de una guarda y custodia compartida, si ambos cónyuges están de acuerdo. Uso de la vivienda familiar, que se atribuirá a los menores y al progenitor en cuya compañía queden éstos. Pensión alimenticia a favor de los menores, que corresponderá abonarla al progenitor no custodio. Pensión compensatoria, que correspondería al progenitor al que la separación le ocasiones un desequilibrio económico sustancial. Régimen de visitas a favor del progenitor no custodio.
Quedamos a su disposición.
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Buenos días. Lo adecuado sería acudir a un Letrado que le informe acerca del divorcio de mutua acuerdo y el contencioso así como ver la posibilidad de liquidar la sociedad de gananciales. Quedo a su disposición si precisa más información.
Saludos.
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Hola Isidro,
Tanto si el procedimiento se tramita de común acuerdo (los cónyuges pactan las medidas que más les convengan), como si acaba en contencioso (habrá un juicio, cada uno hace sus alegaciones y presenta sus pruebas), el juzgado va a dictar una serie de medidas que serán obligatorias. Las más importantes son: 1) la guarda y custodia de los menores (puede atribuirse a la madre, al padre, o compartida. Si se atribuye a uno de los dos la custodia, el que no la tiene deberá abonarle al otro una pensión de alimentos por los gastos de los menores. Si la custodia es compartida no se abona esta pensión. En cualquier caso, se abona hasta que los hijos sean económicamente independientes) En caso de que se atribuya custodia a un cónyuge, debe establecerse el régimen de visitas que tendrá el otro cónyuge para ver a sus hijos; 2) puede haber también pensión compensatoria (uno de los cónyuges abona al otro una pensión. Ésta es para dicho cónyuge, no para los hijos. No siempre es acordada por el juez, depende de una serie de criterios que ahy que estudiar. Puede ser vitalicia, por un cierto plazo, o puede consistir en un pago único). El salario que cobra cada cónyuge es importante para determinar el importe de estas dos pensiones 3) Atribución del uso del domicilio conyugal (con independencia de quien sea el propietario, el uso se suele atribuir al cónyuge que se queda la custodia de los menores, hasta que éstos sean mayores de edad). 4) En cuanto a la hipoteca, con independencia de que se disfrute el piso o no, el juez puede imponer que se siga pagando la hipoteca a medias. Éstas son las medidas más importantes. Además, si el procedimiento es de mutuo acuerdo, se puede hacer en el mismo acto el reparto de los bienes del matrimonio (liquidación del régimen económico matrimonial). Si el procedimiento de divorcio es contencioso, para ese reparto de bienes será necesario otro procedimiento judicial aparte. Después hay una serie de matices, en función de la normativa aplicable (que dependerá de la vecindad civil, lugar de residencia, etc). En cualquier caso, es importante conocer todos los datos para un correcto asesoramiento.
Cerdán Asociados.
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Buenos días, la separación o el divorcio es un procedimiento complejo y hecho a medida a cada caso concreto por este motivo, le invitamos a que nos haga una primera visita gratuita en nuestras oficinas de Tarragona. Muchas gracias.
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La sentencia que en su día se dicte contendrá una serie de medidas (si no se han dictado por el juez previamente) que regirán la situación de separación o divorcio. Así, se determinará el régimen de guarda y custodia en el que quedarán los hijos (atribuyéndola a uno de los progenitores en exclusiva, con régimen de visitas en favor del otro, o estableciendo la custodia compartida, lo cual sólo suele establecerse en el caso de que el procedimiento sea amistoso), el establecimiento de pensión de alimentos en favor de los menores, la atribución del uso de la vivienda familiar, y la contribución de cada cónyuge a las cargas del matrimonio que daban realizar los cónyuges (hipoteca)... En el caso de que el procedimiento de separación o divorcio sea de mutuo acuerdo, los cónyuges firmarán un convenio regulador en el que se regularán todas estas cuestiones, que puede incluir también la liquidación de la sociedad de gananciales. Este convenio se presentará junto a la demanda de divorcio, solicitando su aprobación judicial. Al haber hijos menores de edad, el ministerio fiscal tomará parte en el procedimiento.
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