Servidumbre de paso entre dos fincas rústicas

Realizada por ROS TAMARIU. 19 abr 2016 Administración de fincas

Finca rústica A junto al camino vecinal, la otra B tiene acceso desde el camino a través de la finca A. En escrituras desde hace más de 50 años, consta "derecho de paso de carro". Están en Cataluña, Lleida.

La finca A se desea vender y la B reclama que ese derecho de paso, no sea de 1,5m a 2m; sino entre 4 y 6m.

¿Que se debería hacer? Salvo error, la Ley del Código Civil catalán, no se ha modificado en este aspecto. Gracias

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Buenas Tardes,
Veo que los compañeros ya le han informado correctamente sobre la situación que plantea. Sin embargo, al objeto de determinar con más certeza y detalle su concreta situación sería bueno revisar la/s escritura/s de la finca. NUESTRO DESPACHO SE UBICA EN LLEIDA, por lo que si lo desea podríamos ampliar y concretar la información.

David Vicente Lara - Abogado.

Vicente & Peiro Advocats Abogado en Lleida

6 respuestas

2 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas Tardes Ros, le informamos que como muy bien apuntan los compañeros hay que respetar lo estipulado en las Escrituras de las fincas y no se puede alterar. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados nos movemos a nivel nacional y somos expertos en Civil, escribanos o venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

5488 respuestas

2200 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Ante las servidumbres de paso habrán de estar a la escritura de las fincas. PASCUAL&ABOGADOS.

Pascual&Abogados Abogado en Madrid

234 respuestas

128 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días
En efecto, en cuanto a servidumbre de paso se debe estar a lo que diga el Registro, la finca contigua no puede reclamar más y además en este caso el paso de vehículo no debe exceder de metro y medio, no la enormidad que le piden.
Habría que contestar claramente a la finca contigua en ese sentido.
Ignacio Tomás
Abogado

Tomás Doriga Abogado en Barcelona

384 respuestas

380 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Abogados especialistas en Administración de fincas

Ver más abogados especializados en Administración de fincas

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

Esta consulta ya existe

Por favor, utiliza el buscador para conocer la respuesta

abogados 10750

abogados

preguntas 32600

preguntas

respuestas 62700

respuestas