Mi situación es que estudio y luego trabajo. El problema es mi padre no quiere pasarme la manutención, porque dice que ya soy independiente pero yo le digo como voy a vivir con lo que ganó 350€.
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Buenas Tardes Carmen, le informamos que si usted no es independiente economicamente y sigue cursando estudios y vive con su madre, debera seguir abonando el progenitor no custodio, la pensión de alimentos. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
En principio la pensión deja de pagarse cuando el hijo adquiere independencia económica. Si solo cobras esa cantidad y sigues viviendo con tu madre, lo que demostraría que ni siquiera puedes pagarte una habitación, creo que debería seguir abonando la pensión.
En primer lugar, para dejar de pasarle la manutención su padre debería acudir al juzgado y presentar una demanda por modificación de medidas, y será el juzgado el que dictamine si a usted le corresponde o no la pensión. Si la situación es la que usted comenta, le seguiría correspondiendo la pensión ya que usted no es independiente económicamente.
Lo determinante para contestar a su pregunta es conocer su edad. Si es ud. mayor de edad, cuantos más años se aleje de la edad de 18 años, menos probabilidades tiene de que su padre pueda ser obligado a pagar una pensión de alimentos a su favor, aún cuando ud. únicamente gane 350 euros al mes y aún cuando todavía esté estudiando, pues la doctrina más actualizada tiende a evitar el "parasitismo social", liberando a los progenitores de su obligación de seguir pagando pensión de alimentos a los hijos que siendo mayores de edad, prolongan sus estudios, y no se incorporan al mercado laboral. Por otro lado, los años de crisis económica que se han manifestado en España, también han influido para que muchos tribunales, alargaran la pensión de alimentos, a favor de hijos, de hasta 29 y 30 años de edad, por resultar imposible para estos encontrar trabajo a pesar de su formación.
En conclusión, su caso ha de ser analizado con detalle a efectos de poder aconsejarle con mayor precisión. Por último, la demanda habrá de interponerla el progenitor custodio, no usted.
Mª José Aragó Domingo. - abogada-
Jorge Muñoz Consultores SLP
Si la situación es la que dice no debería dejar de pasar la manutención, en cualquier caso para dejar de hacerlo debe previamente acudir al juzgado para solicitar el cambio de medidas.
Habría que observar su caso y ver su situación. ¿Es un contrato temporal no? En principio no tiene porqué elminar la pensión, como mucho podría reducirla pero haciendo el procedimiento legal oportuno no como él quiera. Si quieres puedes ponerte en contacto con nosotros y lo miramos y te indicamos que sería lo mejor. Un saludo.