Mi padre no me ha pagado la manutención nunca hasta hace 2 años y no tengo trabajo pero lo busco y no tengo los estudios pero es verano y no puedo echar matrícula y me ha dejado de pagar sabiendo que no tengo ni para vestirme.
Yo estaba estudiando pero por un problema me tuve que mudar. Eché la matrícula y estuve estudiando pero tuve que volver a mudarme. Ahora es verano y no me paga. Acabo de cumplir 20 años y estoy pasándolo mal. Si lo denuncio por impago, ¿seguiría teniendo la manutención o me la quitarían?
¡Ah! Y desde que el juez puso la manutención con la cantidad de 325€ alrededor de 150 por mí y 150 por mi hermana que sólo pagó un año. Fue quitándole primero los 25€, después 30€ y, en fin, ha llegado a darnos solo 100 al mes o menos. ¿Podría pedirle también los retrasos?
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Habrá que estar a lo que diga el convenio sobre la pensión de alimentos suya y de su hermana en cuanto a las cantidades y a la receptora de las mismas. En principio, usted, mientras sea económicamente dependiente, tiene derecho a seguir cobrando la pensión de alimentos y si no la recibe, a demandar civilmente (mediante ejecución de sentencia) o penalmente (por abandono de familia).
Contacte con nosotros y estudiaremos su caso. Saludos cordiales
si por sentencia tienes estipulado que la manutención es de 325€ mensuales, lo que debe hacer tu padre es pagarlos. Lo que puedes hacer es presentar una demanda ejecutiva para que el juzgado, de alguna manera, obligue a tu padre a que pague la manutención. Esto es, si no paga por propia voluntad se le pueden embargar bienes para que pague lo que te debe durante los ultimos 4 años y para que te pague las pensiones futuras.
Nos ponemos a tu disposición para iniciar el procedimiento de ejecución o para cualquier otra consulta que te pueda surgir.
Entendemos que en su tiempo hubo una sentencia por la que se condenaba a su padre a una pensión de alimentos, por lo que si no la cumple deben de denunciar el incumplimiento; creemos que se debe de poner en contacto con el Abogado que le llevó el asunto o acudir al Colegio de Abogado o Servicios Sociales de su localidad.