Si mi hijo quiere venir conmigo con 18 años, ¿la madre debe pasar manutención?
¿Si él trabajaba, y dependerá de lo que cobre?
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Si su hijo no es económicamente independiente, si ahora pasa a vivir con Vd será su madre quien debería abonar una pensión de alimentos para contribuir al sostenimiento del hijo (en función de sus ingresos y gastos del hijos, etc). Somos un despacho de abogados de Barcelona, quedamos a su disposición.
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Buenos días,
No hay inconveniente a que el hijo viva con usted respecto a la pensión habría que valorar el trabajo, ya que la obligación de alimentos cesa cuando el hijo alcance independencia económica.
Tiene mi despacho a su disposición si precisa asesoramiento,
Saludos.
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Buenas tarde Francisco. La obligación de alimentos existe hasta que el necesitado es independiente económicamente, lo que significa que si su hijo ya trabaja y percibe un sueldo, es probable que ya no necesite dicha pensión, independientemente de con quien viva.
No obstante, habría que analizar el asunto con mayor detalle. Contacte con nosotros y le ayudaremos.
Un cordial saludo.
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Buenas tardes, todo dependerá de si trabaja o no, del tipo de contrato que tenga, etc. Quedo a su disposición. Un saludo.
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El tema de la pensión de alimentos a los hijos mayores depende de los ingresos que pueda tener el hijo y, especialmente en el caso de que sí que los tenga, de si se puede considerar que ha accedido al mercado laboral o no. Si los ingresos son esporádicos o irregulares y de poca cuantía, no se podrá considerar que ha accedido al mercado laboral y, por tanto, no será económicamente independiente. En ese caso seguirá teniendo derecho a percibir una pensión de alimentos por parte de los progenitores.
Si hay un cambio de residencia, el cambio de obligado al pago no es inmediato ni automático en caso de que no haya acuerdo sobre ello. Sí que debería producirse ese cambio, pero la cuantía la decidirá el juez a falta de acuerdo de las partes.
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Al ser su hijo mayor de edad, ya no procede fijar un régimen de visitas, por lo que el podrá libremente decidir si reside con el padre o con la madre, debiendo respetarse su voluntad.
Si no es independiente económicamente, el progenitor con el que no resida, tendrá que contribuir con el pago de una pensión alimenticia.
Atte.
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