Sí puede demandar para solicitar régimen de visitas
Realizada por Ana Gremio. 10 mar 2015
Buenos días. Tengo un bebé de 10 meses que el padre no reconoció, por lo que tiene mis apellidos. La madre del padre (su "abuela") dice que me va a demandar por no dejarle ver a su nieta ¿puede hacer eso?. Gracias
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Buenos Días, en relación con la consulta realizada, le informamos que si el padre no ha reconocido a su hijo/a , la abuela no podrá demandar solicitando derecho a las visitas. Si desea que le asesoremos con detalle o le representemos, en Grech Abogados somos expertos en Derecho de Familia, venga a vernos!!!
efectivamente como bien han apuntado mis compañeros, hasta que el padre no reconozca al niño, la abuela, no podrá ejercer su derecho como tal.
Quedamos a su entera disposición.
En el caso que nos plantea, para que la abuela del niño pueda ejercer algún tipo de derecho relativo al bebé, es necesario que el padre reconozca al hijo. Si no es así, la abuela no puede reclamar nada, puesto que legalmente es una persona cualquiera, puesto que no existe ningún tipo de parentesco entre ellos.
El artículo 160 del CC, recoge el derecho que tienen los abuelos a relacionarse con sus nietos. Para poder ejercer este derecho tienen la posibilidad de interponer una demanda en reclamación de un régimen de visitas con los menores, lo que les puede ser otorgado o denegado en el caso de existir causa justa.
Pero si el padre no reconoce al hijo/a no tiene derechos sobre estos, extendiéndose esa falta de derechos también a los abuelos.