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Debería mirarse lo que se prevé en el Convenio y Sentencia: generalmente se dispone que la pensión de alimentos se debe actualizar al IPC cada año. Somos un despacho de abogados de Barcelona expertos en Derecho de Familia, quedamos a su disposición.
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4 respuestas
Las pensiones se actualizan conforme al IPC, no obstante para darle una respuesta acertada, debe estarse a lo que suscribió en su convenio regulador, y si el mismo lo recogió debe ponerse en manos de un profesional para ejecutarlo. Tiene mi despacho a su disposición.
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Buenos días Ana.
La contestación a su pregunta debe buscarla en el convenio regulador que en su día sentenció el juzgado.
Si lo desea puede ponerse en contacto conmigo para ampliar la información y de esa manera poder aconsejarle mejor, e incluso poderle llevar el caso. Saludos.
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Distinguida Ana,
En el Convenio regulador que en su día firmaron y homologaron judicialmente es donde en su caso, quedo establecido la actualización de la pensión de alimentos de acuerdo con el IPC anual, y el mes y las condiciones en que esa pensión debe ser revisada y actualizada.
Si tal circunstancia se contempló, Vd tiene derecho a esa actualización y en caso de que su ex-marido no lo haga voluntariamente, puede pedir su cumplimiento por vía judicial.
Para más información no dude en ponerse en contacto con nosotros, cordialmente.
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Si estipularon en el convenio regulador que la pensión de alimentos se actualizaría anualmente, el 1º de cada año en la cuantía en que aumente el coste de la vida, según el índice de precios al consumo a tenor de las publicaciones oficiales del INE, debe notificarle a su esposo que tiene la obligación de proceder a su actualización, y en caso contrario tendría que presentar una demanda ejecutiva reclamando las cantidades debidas.
Atte.
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