El fin de semana pasado sufrí un siniestro, yo era un tercero (copiloto) e iba en el vehículo que ha resultado culpable. Además el conductor del vehículo en el que yo iba, era menor de 25 años y no constaba en la póliza.
Me llevaron al hospital y ahora necesito rehabilitación a causa de un latigazo cervical.
¿Me cubre el seguro del coche la rehabilitación? ¿Tengo derecho a una indemnización?
Saludos
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Tiene derecho. Y si el conductor carecía de seguro, deberá hacerse responsable el Fondo de Compensación de Seguros.
Contacte con nosotros y nos ocuparemos de todo. Saludos cordiales.
Buenas Tardes Eugenia, le informamos que tiene derecho a reclamar por lesiones corporales al conductor y a su cia aseguradora y debe hacerlo. si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Penal y en Responsabilidad Civil y Seguro, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
Buenos días
Como ocupante del vehículo, con independencia de que el vehículo sea culpable del siniestro, puede interponer una demanda en vía civil y reclamar contra la compañía aseguradora del vehículo accidentado. Puede reclamar tanto por las lesiones físicas como por los daños materiales sufridos (p.ej. gafas)
Espero que la respuesta haya sido de utilidad.
Sin otro particular, reciba un saludo.
Siendo ocupante siempre tendrá derecho a indemnización. El hecho de que el conductor sea menor de 25 años o no esté incluido como conductor habitual en la póliza no es una cuestión oponible a terceros, por lo que Vd. siempre podrá percibir la indemnización de la compañía aseguradora del vehículo. Cosa diferente es si esta compañía tendrá o no alguna acción de repetición contra su asegurado. La reclamación contra el Consorcio se limitaría tan solo al supuesto de que el vehículo careciera de póliza en vigor en el momento del accidente con independencia de quien condujera este vehículo. Quedamos a su entera disposición.
Tiene derecho a reclamar contra el conductor del vehículo y su aseguradora, o consorcio de compensación de seguros si él no está cubierto por la aseguradora. Somos un despacho de abogados de Barcelona, quedamos a su disposición. V.VIVANCOS-ABOGADOS.
El ocupante de vehículo culpable, nunca tiene culpa del siniestro, por tanto su única responsabilidad existirá si ha intervenido en él activamente o si con su negligencia se ha causado o agravado sus lesiones (por ejemplo si no llevaba puesto el cinturón de seguridad). Por tanto puede perfectamente reclamar sus lesiones a la aseguradora del vehículo o en caso de carecer de ella al Consorcio de Compensación de Seguros.