SILVA
Soy franquiciado de una marca de accesorios de acero, en Madrid capital.
Tras 4 años y medio de contrato con una franquicia de accesorios de acero, he decidido rescindir el contrato.
Dentro del contrato de franquicia incluye la compra de un stand. Ese inmueble tras haber terminado de pagar, paso a ser de mi propiedad como indica el contrato.
Les he comunicado mi intención de rescindir el contrato y modificar la imagen del stand para poder seguir utilizando el mismo pero con otra marca y vendiendo otro tipo de metal (PLATA).
Sin embargo, se oponen a que lo haga, dado que el stand es la imagen registrada de la marca. Y en el caso de que lo haga me demandaran, solicitando una indemnización de 20 mil euros. Entre otras clausulas que supuestamente estaría incumpliendo como la de no cumplir el plazo del contrato de 3 años renovable automáticamente. No obstante, el plazo de la renovación no viene claramente especificada de cuanto tiempo sería.
Dado que ya llevo 4 años y medio, quería saber si la marca estaría en su derecho de pedir indemnización por esa clausula y por la otra indicada anteriormente?