Hola. Estamos de alquiler mi pareja y yo con nuestra hija de un año escaso. Llevamos 10 años y el contrato caducó el 1 de marzo de 2016. El propietario no nos dio ningún aviso de no renovarnos y como está domiciliado, pagamos el mes de abril. Es decir que ahora mismo estamos sin contrato y habiendo pagado el mes de abril. Ahora el propietario nos da dos opciones: hacernos firmar un contrato nuevo (con cláusulas abusivas) o irnos a la calle. En caso de echarnos, no tenemos ni tiempo para buscar otro piso y la correspondiente mudanza, ya que faltan solo 10 días para acabar el mes. ¿Qué podemos hacer? Muchas gracias.
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El contrato se entiende renovado automáticamente si nadie lo denuncia con 30 días previos al vencimiento. Y más si en ese período se ha abonado la mensualidad. En todo caso las cláusulas abusivas son nulas de pleno derecho.
Contacte con nosotros y nos ocuparemos de todo. Saludos cordiales.
Buenas Tardes Juan, le informamos que no pueden echarles ni instar deshaucio, es más la que ha incumplido es la arrendadora y podrían ustedes demandarla. Si desea que valoremos su caso con detalle y revisar su contrato de arrendamiento, en Grech Abogados somos expertos en Civil, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
En su caso el contrato ha quedado renovado automáticamente por un año, ya que el propietario no os avisó de la no intención de renovar, en este caso se entiende tácitamente que la intención es la de continuar con el contrato, por lo que si ustedes han pagado ya el mes de abril su contrato se ha renovado automáticamente por el plazo de un año.
Atentamente
Mª Angeles Hinojosa Aguilar
Abogada Colg. 7369
Granada
El contrato se entiende renovado automáticamente si no hay un aviso previo con 30 días de antelación. En todo caso, las cláusulas abusivas son nulas de pleno derecho.
Buenos días
Si ustedes han pagado el mes de abril el contrato ha quedado renovado automáticamente un año más y no les pueden ni echar ni obligar a firmar otro.
Saludos
Ignacio Tomás
Abogado
Lo primero es intentar llegar a un acuerdo amistoso con el propietario, todo esto a través de un escrito bien redactado, indicando a detalle la situación y nuestra solicitud, dando un plazo de ley para que se proceda a la firma del contrato en condiciones no abusivas. En caso de negativa, ya te tendría que interponer un procedimiento judicial.
Nos encargamos de todo.
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Dolorier & Asociados Abogados
Abogados y Asesores Fiscal, Contable y Laboral
Madrid