Hola, mi mujer me presentó una demanda de divorcio contencioso al cual yo no me presenté porque estaba de acuerdo con lo que pidió, 200 euros de manutención por mi hija mayor de edad y que me fuera de casa (la casa es de mis suegros).
Ya me ha llegado la sentencia, bueno no me ha llegado, ella ha ido al juzgado a buscarla. Como no me presenté le han concedido lo que ha pedido. La sentencia tiene fecha del 7 de abril pero yo la veo a la semana siguiente. Tengo 20 días para presentar apelación, cosa que no voy a hacer.
Mi pregunta es, ¿cuándo tengo que abandonar la casa? Ya que el piso que he alquilado no me lo dan hasta mediados de mayo. ¿Y la pensión de los 200 euros cuándo tengo que empezar a pagarla?
Soy de Andalucía, Córdoba.
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La pensión debería empezar a pagarla ya mismo, ya que el efecto será retroactivo desde la interposición de la demanda. La sentencia adquirirá firmeza mediante auto si transcurrido el plazo para apelación nadie la recurre.
Contacte con nosotros y nos ocuparemos de todo. Saludos cordiales.
la sentencia puede recurrirse en los siguientes veinte días siguientes a la notificación de la sentencia. Si bien Usted, como no tiene intención de apelar, debería cumplirla ya. En cuanto a los alimentos, lo normal es que se deba cumplir desde que se interpuso la demanda.
Atentamente
PÉREZ VALENZUELA Abogados
Córdoba
Buenos días, como le comenta un compañero, las sentencias son firmes una vez pasan 20 días sin haberse apelado. Es entonces cuando surten todos los efectos.
Un saludo y buen día.
Las sentencias adquieren firmeza una vez que pasados 20 días y no han sido recurridas, el Juzgado dicta una resolución declarando firma la misma. Como ya estamos en Mayo, y usted no se ha opuesto a nada, explíquele a su mujer lo de la entrega del piso alquilado a mediados de este mes, y la pensión hágala ya efectiva, los hijos son lo primero. PASCUAL&ABOGADOS, especialistas en Derecho de Familia
Buenos Días Agustin, le informamos que una vez sea firme la sentencia se pedirá su ejecución y cumplimento en el pago de los alimentos. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
Si no presnetará apelación contra la sentencia, la misma será firma y se empezará a aplicar. Con lo cual, lo mejor es esperar a que le comuniquen la sentencia para proceder a cumplirla.
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Dolorier & Asociados Abogados
Abogados y Asesores Fiscal, Contable y Laboral
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