Nuestros padres, fallecidos, nos han dejado a dos hijas el usufructo vitalicio de la vivienda, somos de Vizcaya, País Vasco. Tanto mi hermana como yo, necesitamos hacer unas pequeñas mejoras en la vivienda, el piso tiene unos cuantos años y es conveniente para una mayor independencia entre las dos, se trata de unir dos habitaciones por medio de una puerta, es una reforma que han hecho casi todos los vecinos. ¿Lo podemos hacer, comentándolo con los demás copropietarios y asumiendo nosotras los gastos?
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Buenos días María,
Al tener el usufructo de la vivienda con tu hermana podeís disponer de ella sin autorización de los que no poseen ese usufructo (y son nudo propietarios, es decir, que son propietarios pero no tienen poder de decisión sobre la propiedad hasta que se termine ese usufructo).
Podemos encargarnos de la tramitación y de brindarle un asesoramiento personalizado.
Visite nuestra web y encuéntranos en las redes sociales para más detalles sobre nosotros.
Un saludo,
Departamento Procesal
Dolorier & Asociados Abogados
Madrid
Hola María:
En principio sí podéis hacerlo, puesto que el Código Civil permite al usufructuario hacer en los bienes usufructuados las mejoras útiles o de recreo que consideren convenientes, siempre que no altere su forma, pero sin tener derecho por ello a indemnización.
Por supuesto, siempre es buena idea comentárselo a los nudo propietarios, pero ellos no tienen derecho a decir que no podéis.
Un saludo